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La Familia en el Derecho Romano

By: Anavitarte, E. J.*

La familia es el conjunto de personas y bienes, que se encontraban jurídicamente bajo la autoridad civil de un paterfamilias, siendo la unidad más básica en la que se organizaba la sociedad civil romana, y sus relaciones con los individuos.

Todo el concepto romano de familia ─de marcado carácter androcéntrico─ giraba en torno a la figura del paterfamilias. Este representaba el ideal de hombre pleno (homo optimus iure), y era jefe, tanto en lo religiosos (culto familiar), como en lo civil (mores maiorum familiar).

Los que estaban bajo su autoridad se llamaban genéricamente hijos de familia, filiusfamilias, y el pater podía disponer de ellos como cosas manipi, ─de ahí la emancipación─. Además, ellos sucederían al pater en todos sus bienes, el culto familiar, y algunas relaciones de parentesco especiales como la clientela.

Definición de Familia

En el derecho romano, la definición de familia es ambigua, pues se presenta en los textos clásicos con múltiples acepciones dependiendo del contexto. Más aún, si se tiene en cuenta la tendencia romana de redactar el derecho casuísticamente, sin crear definiciones generales y abstractas.

Familia: Todas aquellas personas y cosas sometidas al paterfamilias.

Sin embargo, todos los posibles contextos de uso de la palabra, están vinculados necesariamente con la figura del paterfamilias, y especialmente de su autoridad respecto de cosas o personas sometidas a él, por lo que esta referencia nos sirve para dar una definición más acurada de lo que los romanos entendieron por familia.

Vale la pena también, tener en cuenta que en muchas ocaciones familia y matrimonio pueden usarse indistintamente, pues ambas instituciones están íntimamente relacionadas y son interdependientes en el derecho romano, por lo que puede también usarse la misma definición que dan las fuentes justinianeas al respecto.

Nuptiae autem sive matrimonium est viri et mulieris coniunctio, individuam consuetudinem vitae continens.

(Nupcias, no es otra cosa que matrimonio, la unión de hombre y mujer para conservar su legado individual)

Institutas [1]
(Traducción del autor*)

[1]: Justiniano | Institutas: Lib. 1, Tít. 9, Párr. 1.

Usos del Término Familia

Dados los diferentes usos que los romanos dieron al término familia, podemos encontrar al menos cinco significados con los que se puede usar este término en la Antigua Roma.

  • Autoridad del paterfamilias
  • Relaciones de parentesco
  • Relaciones de consanguinidad
  • Patrimonio
  • Domus

Primero, para designar al conjunto de personas libres que se hallan sometidas al poder de un paterfamilias, viviendo todas en el mismo domus, y que guardan entre ellos un vínculo afectivo, por lo que sería análogo al término actual de: unidad doméstica. A esto se le denominaría: proprio iure dicta.

Segundo, serviría también para designar a las personas que hipotéticamente se encontrarían sometidas a la patria potestad de un antepasado en común (paterfamilias) si este estuviera vivo. Por lo que al igual existe entre ellos un sentido de hermandad natural. Tal es el caso de los agnados. A esta se le denominaría: communi iure dicta.

[...] Si intestato moritur, cui suus heres nec escit, adgnatus proximus familiam habeto. Si adgnatus nec escit, gentiles familiam habento.

(Si muriera sin testamento, y sus herederos no reclaman, lo harán los familiares agnaticios próximos. Si no lo hacen los agnaticios, los familiares gentilicios)

Duodecim Tabularum Leges[1]

Tercero, por familia se entendía también, a las personas que descendían de un mismo tronco genealógico, con un antepasado común, aunque este fuera desconocido, por lo que continúan teniendo un vínculo entre ellas. Este sentido de familia, es lo que llamamos gens.

Cuarto, el conjunto de bienes del paterfamilias también es considerado como "familia", de aquí que los términos familiar, herencia y patrimonio estén interrelacionados. Véase para ejemplo la etimología de patrimonio, que es "lo recibido del padre".

Quinto, incluso, el término familia podía referirse a los esclavos sometidos al pater, y en general, a cualquier relación de afectividad ligada a este.

[1]: Las Doce Tablas: Tít. 5, Párr. 1.

Miembros de la Familia

Dentro de la familia romana estaban: el paterfamilias, la esposa (uxor), los filiusfamilias, las personas que se adoptaran como hijos, los sirvientes, fueran esclavos o no, los clientes, la familia de la pareja, las parejas de los hijos no emancipados, los pupilos, las personas que pertenecieran a la misma gens, los ancestros a los que se les mantenía culto, los fundos y el domus. Todos ellos eran parte de la familia romana.

El paterfamilias, que era el núcleo central de la familia romana, tenía sobre todos sus integrantes potestades y prerrogativas civiles, dependiendo de la relación jurídica que se crease.

Cuadro de la estructura básica de la familia agnaticia (nuclear)
Estructura básica de la familia agnaticia (nuclear)

A todos los hombres libres se les denomina liberi, de forma genérica, y se designan con ello a todas las personas libres bajo la autoridad del paterfamilias. Y a estos hombres libres ─salvo a la esposa─ y a los esclavos, se les podía denominar también mancipios, pues se encontraban bajo el poder de mancipatio del pater.

Vínculos de Parentesco en la Familia

El vínculo entre los individuos de una familia se llama parentesco, y determinaba la relación dentro de la esfera familiar de un individuo. Este vínculo tenía consecuencias civiles, especialmente en cuanto a la patria potestad y la sucesión.

Los diferentes niveles de parentesco serían:

  1. El Parentesco Agnaticio, que correspondía al vínculo derivado de la autoridad civil que el paterfamilias tenía sobre los integrantes de su familia.
  2. El Parentesco Cognaticio, que representa el vínculo natural derivado de la consanguinidad entre dos personas.
  3. El Parentesco Gentilicio, que es el tipo de parentesco derivado de pertenecer a la misma gens.
  4. El Parentesco por Afinidad, que es el vínculo derivado de la estrecha relación entre un individuo y la familia de su pareja.

Niveles de la Familia

La familia romana, que como se ha visto comprende muchos significados, puede dividirse en dos niveles de relación y cercanía entre sus miembros, siendo el domus la unidad de convivencia primaria.

Estos niveles serían: la familia nuclear, y la familia extendida.

Potestades del paterfamilias

Familia Nuclear

Corresponde a todas las personas que vivían bajo el mismo domus, o que podrían vivir allí si las circunstancias lo requieren, demostrando un nivel de cercanía muy alto.

Esta familia se cimentaba sobre la estructura del matrimonio, de allí que tanto familia nuclear, como matrimonio, fuesen usados indistintamente para referirse a la misma relación jurídica entre los miembros de una unidad familiar.

Cabe destacar que no necesariamente es similar al núcleo familiar como lo entendemos hoy, pues en esta categoría podría entrar incluso un esclavo. Lo más parecido al concepto actual de familia en el mundo romano es la institución del matrimonio.

Familia Extendida

Corresponde a las relaciones familiares con personas que, siendo consideradas familia, no tendrían lugar en la vida cotidiana del individuo, pero que continuaban guardando entre sí obligaciones jurídicas recíprocas, como en el caso de tutelas y curatelas gentiles.

También tenían un vínculo compartido a nivel religioso, como el culto privado a un ancestro común, y la celebración de ceremonias en el marco de una curia, o de una gens.

Este era el caso de los gentiles, de los afines y de los clientes.

Fuentes del Derecho en la Familia

  • Mores maiorum
  • Ius quiritium
  • Lex duodecim tabularum

Dado que la familia, es una institución surgida en cualquier sociedad humana primitiva, como parte de las dialógicas de interacción entre los descendientes de ancestros comunes, al momento de fundarse Roma, ya existía toda una estructura cultural, social y religiosa, sobre la cual se cimentaba el concepto de familia.

Esta estructura tomaba por fuente, principalmente las tradiciones de los pueblos itálicos de la región del Lazio (latinos), y de la región de la Toscana (etruscos), de un marcado carácter patriarcal, y casi tribual, en la que el jefe de familia tenía un poder absoluto sobre todos sus descendientes.

Esta primera fuente, es lo que llamamos (a) mores maiorum, o costumbre de los ancestros, a la que le siguieron luego, el desarrollo jurídico de los primeros romanos, asentados sobre la noción de ciudadanía quiritaria, y denominada (b) ius quiritium, que no delimitaba tampoco el poder del jefe de familia ─paterfamilias─, sino que lo legitimaba.

Y posteriormente la base de las pocas limitaciones que tuvo, sería la expedición de las leyes de las XII Tablas, a las que podemos llamar (c) derecho decenviral.

Derecho Romano

Tabla de Contenido

  1. Definición
    1. Usos
  2. Miembros
  3. Parentescos
  4. Niveles
    1. Núcleo familiar
    2. Familia extendida
  5. Fuentes

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Anavitarte, E. J. (2012, May). La Familia en el Derecho Romano. Academia Lab. https://academia-lab.com/2012/05/14/la-familia-en-el-derecho-romano-y-la-antigua-roma/