Los Sui Iuris en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

Se puede entender por sui iuris, toda persona cuyos derechos y su ejercicio dependen de su propia condición jurídica. Es decir, que los derechos que reclama le pertenecen.

Así, los sui iuris eran todos aquellos que podían poseer derechos por sí mismos, siendo plenamente libres para disponer de ellos, contraer nuevos, u obligarse; a diferencia de los alieni iuris, cuyos derechos eran fruto de su relación con algún sui iuris.

De aquí que el sui iuris fuera jurídicamente independiente, esto significa, que solo sus propias circunstancias determinaban sus derechos. Si su padre o madre moría, no se alteraban sus derechos ─como con los alieni iuris─, si otro patricio moría no alteraba sus derechos ─como en la clientela─.

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