Reenvío (derecho internacional privado)

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En conflicto de leyes, renvoi o reenvío (del francés, que significa "devolver" o "devolver sin abrir") es un subconjunto de las reglas de elección de leyes y puede aplicarse siempre que se ordene a un tribunal del foro que considere la ley de otro estado.

El procedimiento para los casos de conflicto

  1. El tribunal primero debe decidir si tiene jurisdicción para conocer el caso (lo que implicará abordar la cuestión de si el demandante está intentando manipular el sistema judicial mediante la compra de foros).
  2. Caracterización. El tribunal debe analizar el caso tal como se presentó y asignar cada componente a su clasificación legal apropiada, cada uno de los cuales tendrá una o más reglas de elección de leyes adjuntas.
  3. El tribunal aplicará entonces las reglas de elección de ley. En un número limitado de casos, generalmente relacionados con cuestiones de derecho de familia, puede surgir una cuestión incidental que complicará este proceso.

Discusión

Para limitar el daño que resultaría de la compra de foros, es deseable que se aplique la misma ley para lograr el mismo resultado sin importar dónde se litiga el caso. El sistema de reenvío es un intento de lograr ese fin. Si se ordena a un tribunal del foro que consulte una ley extranjera, la primera pregunta que debe abordar es si se trata de una referencia únicamente a las disposiciones sustantivas relevantes o al sistema legal del estado en su conjunto, lo que incluiría sus reglas de elección de ley. Los foros que no tienen disposiciones de reenvío se refieren únicamente a las disposiciones específicas de la ley pertinente. De esta manera, se logra el mismo resultado sin importar dónde se litiga el caso, siempre que el segundo estado también haya aplicado sus propias leyes.

Pero si ese segundo país realmente tiene reglas de elección de ley que le exigen aplicar la ley del foro, podría surgir una diferencia en el resultado dependiendo de dónde invoque la jurisdicción el demandante. Que realmente surja una diferencia depende de si el otro estado opera un sistema Single Renvoi. Un solo foro de reenvío siempre se refiere a las reglas de elección de ley de la otra ley. Si esas reglas enviaran el asunto de vuelta al tribunal del foro, el tribunal del foro aceptará la primera remisión y aplicará sus propias leyes. Por lo tanto, la igualdad de resultados siempre se logra mientras las leyes en competencia operen sistemas diferentes. Algunas de las primeras autoridades francesas apoyan este enfoque (por ejemplo , el caso de Forgo (1882) y el caso de Soulié (1910)). Asimismo, el artículo 27 de laLa ley introductoria del Código Civil Alemán (1900) la adopta. Pero si ambos conjuntos de leyes operan sin sistema de reenvío o con sistemas de reenvío único, la compra de foros será un problema potencial.

Por lo tanto, existe otro sistema llamado Double Renvoi o Doctrina de Tribunales Extranjeros que también garantizará la paridad de resultados siempre que no lo utilice otra ley pertinente. En este escenario, el tribunal del foro considera que actúa como tribunal extranjero y decidirá el asunto como lo haría el tribunal extranjero. En este sistema, nunca puede haber más de dos remisiones, por ejemplo, el foro inglés se refiere a la ley francesa (un sistema de reenvío único), por lo que se aplica la ley inglesa (primera remisión) y Francia acepta la remisión (segunda y última). En la actualidad, solo la ley inglesa utiliza este enfoque.

Aplicación de reenvío

Debido a que la doctrina se considera difícil y sus resultados son a veces impredecibles, su aplicación generalmente se ha limitado a:

  • la validez de los testamentos y la sucesión intestada (la validez de las transmisiones de bienes inmuebles); y
  • legitimación retroactiva por el matrimonio de los padres naturales (validez de las sentencias de divorcio).

Sin embargo, hay indicios en algunos estados de que también podría aplicarse a dos cuestiones del derecho de familia, a saber, la capacidad para contraer matrimonio y la validez formal del matrimonio.

UE

En la Unión Europea, la aplicación del reenvío está expresamente excluida en casos contractuales en virtud del artículo 20 del Reglamento Roma I (reglamento (CE) 593/2008l anteriormente en el artículo 15 del Convenio CE sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales, Roma 1980). También ha sido rechazado para contratos por la mayoría de los países de la Commonwealth.

La mayoría de los estados también lo excluyen en casos de responsabilidad extracontractual, por ejemplo, en la sección 9(5) del Reino Unido de la Ley de Derecho Internacional Privado (Disposiciones Misceláneas) de 1995. Desde el 11 de enero de 2009, el Reglamento (CE) 864/2007 (el Reglamento Roma II) sobre la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales ha estado en vigor, controlando de manera uniforme las normas en toda la Unión Europea. El artículo 24 de este reglamento establece: "La aplicación de la ley de cualquier país especificado por este Reglamento significa la aplicación de las normas jurídicas vigentes en ese país distintas de sus normas de derecho internacional privado". por lo tanto, se excluye la posibilidad de reenvío en toda la UE en casos de responsabilidad civil.

Australia

En Australia, la doctrina del reenvío fue revivida por la decisión del Tribunal Superior en Neilson v Overseas Projects Corporation of Victoria Ltd [2005] HCA 54 (29 de septiembre de 2005). En esta decisión, el Tribunal Superior consideró la situación de la Sra. Neilson, que se había lesionado al caer por las escaleras de su apartamento en Wuhan, China. Su apartamento había sido proporcionado por el empleador de su esposo, Overseas Projects Corporation, y la Sra. Neilson demandó al empleador de su esposo por negligencia en la Corte Suprema de Australia Occidental en junio de 1997, seis años después de que ocurriera el accidente. Según las normas australianas de elección de la ley, la ley del lugar del incidente o lex loci delicti rige las situaciones de responsabilidad civil (tras la decisión de ese tribunal en 2002:Regie Nationale des Usines Renault SA c. Zhang). Esto significaba que la ley relevante para la resolución de la disputa era la de la República Popular China. Sin embargo, según la legislación china, la reclamación habría prescrito por exceder el período de prescripción (artículo 136 de los Principios generales del derecho civil de la República Popular China). Sin embargo, la Sra. Neilson invocó el Artículo 146 de los Principios Generales en su defensa, argumentando que la disposición de ese artículo debería aplicarse haciendo que la ley relevante para la disputa sea la ley australiana. El artículo 146 disponía que:

“En lo que respecta a la indemnización de daños y perjuicios resultantes de una infracción de derechos, se aplicará la ley del lugar en que se produjo la infracción. Si ambas partes son nacionales del mismo país o domiciliadas en el mismo país, la ley de su propio país o de su lugar de domicilio también podrá aplicarse"

Como consecuencia, el juez de primera instancia de la Corte Suprema concluyó que el artículo 146 "me otorga el derecho de optar por aplicar la ley de Australia porque ambas partes son nacionales de Australia". Esta decisión fue revocada por el Pleno del Tribunal Supremo de Australia Occidental.

En apelación ante el Tribunal Superior, Neilson tuvo éxito. En seis sentencias separadas, la mayoría del Tribunal Superior falló a favor de Neilson sobre la base de que la regla australiana de elección de la ley se refería a la totalidad de la ley del lugar del error. En segundo lugar, esto significó que la ley aplicable se devolvió a Australia y se aplicó el estatuto de limitaciones australiano, lo que significa que el reclamo de Neilson ya no prescribió.

Esta decisión ha recibido críticas estridentes por parte de Martin Davies, y tanto las decisiones del Tribunal Supremo como del Tribunal Pleno han recibido mucha atención por parte de destacados estudiosos contemporáneos sobre conflictos, incluidos Andrew Lu y Lee Carroll, Elizabeth Crawford y Mary Keyes.

Se ha sugerido que esta interpretación desordenada de la Corte australiana podría haberse evitado si la Corte hubiera seguido la práctica general de que las reglas procesales siempre van con el foro y la ley sustantiva depende del análisis del "foro más interesado". Sin embargo, desde John Pfeiffer Pty Ltd v Rogerson (2000) 203 CLR 503, los plazos de prescripción se consideran derecho sustantivo. Por ello, la aplicabilidad de las leyes de limitación ya no va con el foro local; más bien, ellos también siguen la lex loci delicti.

Estados Unidos

En los Estados Unidos, la mayoría de los tribunales tratan de resolver cuestiones de conflicto de leyes sin invocar el reenvío. En Re Schneider's Estate, 96 NYS2d 652 (1950), hay un ejemplo en el que el reenvío se reconoce como una opción, en el que el tribunal local optó por aplicar las leyes del país extranjero para decidir la disputa en el tribunal local. Esto es más probable que suceda en casos relacionados con bienes inmuebles o relaciones domésticas.

Las principales dificultades

Hay tres dificultades principales en los casos en los que el reenvío puede ser un problema:

  1. Da un peso indebido a la evidencia de los expertos en leyes extranjeras.
  2. La referencia al sistema de conflictos utilizado en otras leyes puede revelar diferencias que se habrían producido en la caracterización o en la elección de las reglas de ley a aplicar. Si estas diferencias dieran lugar a transmisiones posteriores, el tribunal del foro seguirá las referencias a sistemas jurídicos terceros (o posteriores). Esto es impopular porque requiere que las partes y el tribunal consideren evidencia de múltiples sistemas legales.
  3. Puede haber un "círculo inextricable" entre los conjuntos de leyes que utilizan sistemas de reenvío simple o doble que no tienen garantías adecuadas incorporadas para garantizar cuándo dejar de aceptar remisiones.

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