Re-interrogatorio

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El redirecto o reinterrogatorio o segundo interrogatorio, en los Estados Unidos, es el interrogatorio de un testigo que ya ha prestado testimonio bajo juramento en respuesta al interrogatorio directo y al contrainterrogatorio del oponente. En la redirección, el abogado que ofrece el testigo hará preguntas adicionales que intentan rehabilitar la credibilidad del testigo o, de lo contrario, mitigar las deficiencias identificadas y exploradas por el oponente en la cruz. Por ejemplo, el oponente podría obtener en el contrainterrogatorio una admisión de que el testigo no percibió directamente cada parte de los hechos en cuestión; el proponente intentará redirigir para establecer que el testigo percibió lo suficiente de esos eventos para que el descubridor de los hechos pueda sacar inferencias razonables en cuanto a las lagunas en las que se obstruyó la percepción del testigo.

A veces se permite "recruzar", pero generalmente el abogado contrario debe pedir permiso al juez antes de proceder con esa ronda adicional de interrogatorio.

En Australia, Canadá, India, Reino Unido y Sudáfrica, el proceso se denomina reexamen.

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