Límites de la libertad
El límite de la libertad o principio del daño (por el inglés harm principle) sostiene que las acciones de los individuos solo deben limitarse para evitar daños a otros individuos. John Stuart Mill articuló este principio en Sobre la libertad, donde argumentó que "El único propósito por el cual el poder puede ejercerse legítimamente sobre cualquier miembro de una comunidad civilizada, en contra de su voluntad, es prevenir el daño a otros". Un equivalente fue declarado anteriormente en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de Francia de 1789 como, "La libertad consiste en la libertad de hacer todo lo que no perjudique a nadie más; por lo tanto, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene límites excepto las que aseguran a los demás miembros de la sociedad el goce de los mismos derechos. Estos límites sólo pueden ser determinados por la ley.”
Definición
La creencia de que "a nadie se le debe impedir por la fuerza que actúe de la manera que elija, siempre que sus actos no invadan los actos libres de los demás" se ha convertido en uno de los principios básicos de la política libertaria.
El principio del daño fue articulado completamente por primera vez por el filósofo inglés John Stuart Mill [JSM] (1806–1873) en el primer capítulo de On Liberty (1859), donde argumentó que:
El objeto de este Ensayo es afirmar un principio muy simple, como facultado para gobernar absolutamente las relaciones de la sociedad con el individuo en la forma de coacción y control, ya sea que los medios utilizados sean la fuerza física en forma de sanciones legales, o la moral. coerción de la opinión pública. Ese principio es que el único fin por el cual la humanidad está justificada, individual o colectivamente, al interferir con la libertad de acción de cualquiera de ellos, es la autoprotección. Que el único propósito por el cual el poder puede ejercerse legítimamente sobre cualquier miembro de una comunidad civilizada, en contra de su voluntad, es prevenir daño a otros.Su propio bien, ya sea físico o moral, no es garantía suficiente. No se le puede obligar legítimamente a hacer o abstenerse porque será mejor para él hacerlo, porque lo hará más feliz, porque, en la opinión de los demás, hacerlo sería sabio, o incluso correcto... El único parte de la conducta de cualquiera, por la cual es responsable ante la sociedad, es lo que concierne a los demás. En la parte que le concierne meramente, su independencia es, de derecho, absoluta. Sobre sí mismo, sobre su propio cuerpo y mente, el individuo es soberano.—John Stuart Molino
Incluso si una acción egoísta resulta en daño a uno mismo, todavía está más allá de la esfera de la coerción estatal justificable.
El daño en sí mismo no es un concepto no moral. Infligir daño a otra persona es lo que hace que una acción sea mala.
El daño también puede resultar del incumplimiento de una obligación. La moral genera obligaciones. El deber puede exigirse de una persona de la misma manera que una deuda, y es parte de la noción de deber que una persona pueda ser obligada legítimamente a cumplirlo.
Definiciones más amplias de daño
En el mismo ensayo, Mill explica además el principio como una función de dos máximas:
Las máximas son, en primer lugar, que el individuo no es responsable ante la sociedad por sus acciones, en la medida en que éstas no conciernen a los intereses de nadie más que a sí mismo. El consejo, la instrucción, la persuasión y la evitación por parte de otras personas, si lo consideran necesario para su propio bien, son las únicas medidas por las que la sociedad puede expresar justificadamente su disgusto o desaprobación por su conducta. En segundo lugar, que por las acciones que perjudiquen los intereses de los demás, el individuo es responsable y puede estar sujeto a castigos sociales o legales, si la sociedad es de la opinión de que uno u otro es requisito para su protección. (LV2)
La segunda de estas máximas se conoce como el principio de autoridad social.
Sin embargo, la segunda máxima también abre la cuestión de definiciones más amplias de daño, incluyendo el daño a la sociedad. El concepto de daño no se limita al daño a otro individuo, sino que puede ser daño a individuos en plural, sin una definición específica de esos individuos.
Este es un principio importante para determinar el daño que solo se manifiesta gradualmente con el tiempo, de modo que el daño resultante puede anticiparse, pero aún no existe en el momento en que se tomó la acción que causa el daño. También se aplica a otras cuestiones, que van desde el derecho de una entidad a descargar desechos altamente contaminantes en propiedad privada, hasta cuestiones generales de concesión de licencias y el derecho de sedición.
Ejemplos modernos
En el libertarismo estadounidense
El Partido Libertario de los Estados Unidos incluye una versión del principio de daño como parte de su plataforma oficial del partido. Afirma:
Las leyes penales deben limitarse en su aplicación a las violaciones de los derechos de los demás por medio de la fuerza o el fraude, oa acciones deliberadas que pongan a otros involuntariamente en un riesgo significativo de daño. Por lo tanto, estamos a favor de la derogación de todas las leyes que crean “delitos” sin víctimas...
Crítica del principio del daño
Los académicos han argumentado que el principio de daño no proporciona un alcance limitado de qué acciones cuentan como dañinas para uno mismo o para la población y no puede usarse para determinar si las personas pueden ser castigadas por el estado por sus acciones. Un estado puede determinar si una acción es punible al determinar qué daño causa la acción. Si ocurre una acción moralmente injusta pero no deja una forma indiscutible de daño, no hay justificación para que el Estado actúe y castigue a los perpetradores por sus acciones. El principio del daño tiene una definición ambigua de qué es específicamente el daño y qué justifica la intervención de un estado.
Los académicos también han dicho que el principio de daño no especifica si el estado está justificado con tácticas de intervención. Esta ambigüedad puede llevar a un estado a definir lo que cuenta como una acción perjudicial para sí mismo a su propia discreción. Esta libertad puede permitir que la propia libertad y los derechos de un individuo estén en peligro. No sería plausible que un Estado intervenga con una acción que afectará negativamente a la población más que a un individuo. El alcance del uso del principio de daño se ha descrito como demasiado amplio para seguir e implementar directamente un posible castigo por parte de un estado.
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