Incumplimiento eficiente

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En la teoría legal, particularmente en derecho y economía, el incumplimiento eficiente es un incumplimiento voluntario del contrato y el pago de daños por parte de una parte que concluye que incurriría en una mayor pérdida económica al cumplir con el contrato.

Desarrollo de la teoría

La teoría del incumplimiento eficiente busca explicar la preferencia del derecho consuetudinario por la expectativa de daños por incumplimiento del contrato, a diferencia de la ejecución específica, los daños por confianza o los daños punitivos. Según Black's Law Dictionary, la teoría del incumplimiento eficiente es "la opinión de que se debe permitir que una parte incumpla un contrato y pague daños y perjuicios, si hacerlo fuera económicamente más eficiente que cumplir con el contrato". Los daños por expectativa, según la teoría, brindan a las partes un incentivo para incumplir cuando y solo cuando el desempeño es ineficiente.

Las leyes judiciales que rigen los acuerdos contractuales y los daños en que se incurre por el incumplimiento de un acuerdo existen desde el siglo XV. El factor motivador para establecer los estándares de incumplimiento eficiente fue asegurar que el contrato cayera bajo la fijación exigible de los daños y perjuicios por la ejecución. éste, por lo tanto, establece que debe haber una previsión o predicción previa del daño demostrable resultante del incumplimiento, de lo contrario, el incumplimiento será inexigible y entonces la parte incumplidora se limitará a las medidas de daño no convencionales liquidadas.Los tribunales de derecho consuetudinario luego continuaron revisando las disposiciones de la disposición de daños liquidados desde el "infractor" que compensa solo por daños y pérdidas, a una consideración del costo y los daños incurridos durante el proceso de incumplimiento del contrato, así como los beneficios que el incumplimiento del contrato contrato puede haber experimentado ya desde el contrato. Como tal, el no infractor del contrato está en la misma posición que si el contrato hubiera asumido su pleno cumplimiento, estableciendo así y manteniendo el valor de eficiencia de la regla.

La primera declaración de la teoría del incumplimiento eficiente parece haberse realizado en 1970 en un artículo de revisión de leyes de Robert L. Birmingham en "Breach of Contract, Damage Measures, and Economic Efficiency". La teoría fue nombrada siete años después por Charles Goetz y Robert Scott. La teoría de la brecha eficiente se asocia comúnmente con Richard Posner y la escuela de pensamiento de Derecho y Economía. Posner explica sus puntos de vista en su opinión mayoritaria en Lake River Corp. v. Carborundum Co., 769 F.2d 1284 (7th Cir. 1985).

Las versiones simples de la teoría del incumplimiento eficiente emplearon argumentos de la economía del bienestar, operando bajo la premisa de que las reglas legales deben diseñarse para dar a las partes un incentivo para actuar de manera que maximicen el bienestar agregado o logren la eficiencia de Pareto. Versiones más sofisticadas de la teoría sostienen que las propias partes prefieren remedios que incentiven el incumplimiento eficiente, ya que el incumplimiento eficiente maximiza las ganancias comerciales de las transacciones. Como lo señalaron Richard Posner y Andrew Rosenfeld, "cuanto más eficientemente se estructura el intercambio, mayor es la ganancia potencial del contrato para que las partes se dividan entre ellas".

La ilustración de Posner

El juez Richard Posner dio este conocido ejemplo de incumplimiento eficiente en "Economic Analysis of Law":

Supongamos que firmo un contrato para entregar 100 000 artefactos personalizados a $0,10 cada uno a A, para usar en su fábrica de calderas. Después de haber entregado 10 000, B viene a mí, me explica que necesita desesperadamente 25 000 artilugios personalizados a la vez, ya que de lo contrario se verá obligado a cerrar su fábrica de pianola a un gran costo, y me ofrece $0,15 cada uno por 25 000 artilugios. Le vendo los widgets y, como resultado, no completo la entrega oportuna a A, quien recibe $1000 en daños por mi incumplimiento. Habiendo obtenido una ganancia adicional de $1250 en la venta a B, estoy mejor incluso después de reembolsar a A por su pérdida. La sociedad también está mejor. Dado que B estaba dispuesto a pagarme 0,15 dólares por aparato, debe significar que cada aparato valía al menos 0,15 dólares para él. Pero solo valía $0,14 para A: $0,10, lo que pagó, más $0,04 ($1000 dividido entre 25 000), su ganancia esperada.

Crítica

Algunos, como Charles Fried en su "Contrato como promesa", han argumentado que, moralmente, A está obligado a cumplir un contrato hecho con B porque A ha hecho una promesa. Fried escribió: "El moralista del deber postula así una obligación general de cumplir las promesas, de la cual la obligación del contrato será solo un caso especial, ese caso especial en el que ciertas promesas han alcanzado fuerza tanto legal como moral". Parecería que Fried desde entonces ha revisado su interpretación.

Otros argumentan que los costos de los litigios relevantes para obtener la expectativa de daños por incumplimiento dejarían a una o ambas de las partes originales en una situación peor que si el contrato simplemente se hubiera cumplido. Además, la hipótesis de Posner supone que el vendedor es consciente del valor que el comprador asigna a la mercancía, o el costo de compra más las ganancias que obtendrá el comprador.

Otras contribuciones

Otro desarrollo en la teoría del incumplimiento de la eficiencia incluye el agotamiento de todos los posibles beneficios que el consumidor acumularía en caso de incumplimiento de cualquier contrato exclusivo en los escenarios comerciales diarios. El vendedor en el contrato incurrirá en una pérdida total de las ganancias que habría disfrutado si se mantuviera el contrato. No obstante, el vendedor retendrá el coste de los daños y perjuicios que se hayan podido sufrir hasta el momento del incumplimiento del contrato. Los compradores, por otro lado, sufren la pérdida de casi no obtener ganancias frente a su competidor en caso de incumplimiento de un contrato. Como resultado, el consumidor final disfruta de la mayoría de los beneficios de precios bajos, o lo más cerca posible del costo.

Literatura principal

Desagregación de brechas eficientes: un experimento

Académicos en los campos del derecho y la economía han realizado un estudio exhaustivo de casos de incumplimiento efectivo de contrato. De acuerdo con la revisión de esta Norma, cuando la ejecución del contrato da como resultado una violación del contrato, la violación tiene éxito. El superávit global de cada partido es negativo. Al categorizar las violaciones exitosas como una sola clase de evento, la literatura reciente ha pasado por alto la posibilidad de que la violación de encontrar beneficios sea distinta de la violación de prevenir pérdidas.

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