Historia del derecho de competencia

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La historia del derecho de la competencia se refiere a los intentos de los gobiernos de regular los mercados competitivos de bienes y servicios, lo que lleva a las leyes modernas de competencia o antimonopolio en todo el mundo hoy en día. Los primeros registros se remontan a los esfuerzos de los legisladores romanos para controlar las fluctuaciones de precios y las prácticas comerciales desleales. A lo largo de la Edad Media en Europa, reyes y reinas reprimieron repetidamente los monopolios, incluidos los creados a través de la legislación estatal. La doctrina del derecho consuetudinario inglés de restricción del comercio se convirtió en la precursora de la ley de competencia moderna. Esto surgió de las codificaciones de los estatutos antimonopolio de los Estados Unidos, que a su vez tuvieron una influencia considerable en el desarrollo de las leyes de competencia de la Comunidad Europea después de la Segunda Guerra Mundial. Cada vez más, el enfoque se ha trasladado a la aplicación de la competencia internacional en una economía globalizada.

Historia temprana

Las leyes que rigen el derecho de la competencia se encuentran en más de dos milenios de historia. Tanto los emperadores romanos como los monarcas medievales utilizaron los aranceles para estabilizar los precios o apoyar la producción local. El estudio formal de la "competencia" comenzó en serio durante el siglo XVIII con obras como La riqueza de las naciones de Adam Smith. Se utilizaron diferentes términos para describir esta área de la ley, incluyendo "prácticas restrictivas", "la ley de los monopolios", "actos de combinación" y "restricción del comercio".

Legislación romana

El ejemplo más antiguo que se conserva de los antepasados ​​del derecho de la competencia moderno aparece en la Lex Julia de Annona, promulgada durante la República romana alrededor del año 50 a. Para proteger el comercio de maíz, se impusieron fuertes multas a cualquiera que detuviera directa, deliberada e insidiosamente los barcos de suministro. Bajo Diocleciano, en el año 301 d. C., un Edicto sobre precios máximos estableció la pena de muerte para cualquiera que violara un sistema arancelario, por ejemplo, comprando, ocultando o tramando la escasez de bienes cotidianos. La mayor parte de la legislación procedía de la Constitución de Zenón de 483 d. C., que se remonta a las leyes municipales florentinas de 1322 y 1325. Establecía la confiscación de bienes y el destierro de cualquier combinación comercial o acción conjunta de monopolios privados o privados.concedida por el Emperador. Zeno rescindió todos los derechos exclusivos previamente otorgados. Justiniano I también introdujo una legislación poco después para pagar a los funcionarios para administrar los monopolios estatales. A medida que Europa se deslizó hacia la Edad Media, también lo hicieron los registros de elaboración de leyes hasta que la Edad Media trajo una mayor expansión del comercio en la época de la lex mercatoria.

Edad media

La legislación en Inglaterra para controlar los monopolios y las prácticas restrictivas estaba en vigor mucho antes de la conquista normanda. El Domesday Book registró que "forsteel" (es decir, prevenir, la práctica de comprar bienes antes de que llegaran al mercado y luego inflar los precios) era una de las tres confiscaciones que el rey Eduardo el Confesor podía llevar a cabo en Inglaterra. La preocupación por los precios justos también condujo a intentos de regular directamente el mercado. Bajo Enrique III, se aprobó una ley en 1266 para fijar los precios del pan y la cerveza en correspondencia con los precios del maíz establecidos por los tribunales. Las sanciones por incumplimiento incluían amercements, picota y tumbola. Un estatuto del siglo catorce etiquetó a los guardabosques como "opresores de los pobres y de la comunidad en general y enemigos de todo el país".Bajo el rey Eduardo III, el Estatuto de los Trabajadores de 1349 fijó los salarios de los artífices y trabajadores y decretó que los alimentos debían venderse a precios razonables. Además de las sanciones existentes, el estatuto establece que los comerciantes que cobran de más deben pagar a la parte lesionada el doble de la suma que recibieron, una idea que se ha replicado en daños punitivos triples bajo la ley antimonopolio de EE. UU. También bajo Eduardo III, la siguiente disposición legal en el lenguaje poético de la época prohibió las combinaciones comerciales.

"... hemos ordenado y establecido, que ningún comerciante u otro hará conspiración, conspiración, moneda, imaginación, murmullo o dispositivo maligno en cualquier punto que pueda convertirse en acusación, perturbación, derrota o decadencia de dichas grapas, o de cualquier cosa que les pertenezca o pueda pertenecer".

Los ejemplos de legislación en Europa incluyen las constituciones juris metallici de Wenceslao II de Bohemia entre 1283 y 1305, que condenan las combinaciones de comerciantes de minerales que aumentan los precios; los Estatutos Municipales de Florencia en 1322 y 1325 siguieron la legislación de Zeno contra los monopolios estatales; y bajo el emperador Carlos V en el Sacro Imperio Romano Germánico se aprobó una ley "para evitar pérdidas resultantes de monopolios y contratos indebidos que muchos comerciantes y artesanos hicieron en los Países Bajos". En 1553, el rey Enrique VIII reintrodujo los aranceles para los productos alimenticios, diseñados para estabilizar los precios frente a las fluctuaciones en el suministro desde el extranjero. La legislación dice aquí que mientras que,

"Es muy duro y difícil poner ciertos precios a tales cosas... [es necesario porque] los precios de tales víveres se incrementan y elevan muchas veces por la avaricia codiciosa y los apetitos de los propietarios de tales víveres, en ocasión de engrosando y gratificando lo mismo, más que por cualquier motivo o causa razonable o justa, con gran daño y empobrecimiento de los súbditos del Rey".

Alrededor de este tiempo, se habían establecido organizaciones que representaban a varios comerciantes y artesanos, conocidas como gremios y disfrutaban de muchas concesiones y exenciones de las leyes contra los monopolios. Los privilegios conferidos no fueron abolidos hasta la Ley de Corporaciones Municipales de 1835.

Desarrollos renacentistas

Europa alrededor del siglo XV estaba cambiando rápidamente. El nuevo mundo acababa de abrirse, el comercio exterior y el saqueo estaban generando riqueza a través de la economía internacional y las actitudes entre los hombres de negocios estaban cambiando. En 1561, se introdujo en Inglaterra un sistema de licencias de monopolio industrial, similar a las patentes modernas. Pero durante el reinado de la reina Isabel I, se dice que se abusó mucho del sistema y se usó simplemente para preservar los privilegios, sin fomentar nada nuevo en el camino de la innovación o la fabricación. Cuando se realizó una protesta en la Cámara de los Comunes y se presentó un proyecto de ley, la Reina convenció a los manifestantes para que impugnaran el caso en los tribunales. Este fue el detonante del Caso de los Monopolios o Darcy v Allin.Al demandante, un oficial de la casa de la Reina, se le había concedido el derecho exclusivo de hacer naipes y reclamaba daños y perjuicios por la infracción de este derecho por parte del demandado. El tribunal encontró nula la concesión y que las tres características del monopolio eran (1) aumentos de precios (2) disminución de la calidad (3) la tendencia a reducir a los artífices a la ociosidad y la mendicidad. Esto puso fin temporalmente a las quejas sobre el monopolio, hasta que el rey Jaime I comenzó a concederlas nuevamente. En 1623, el Parlamento aprobó el Estatuto de los Monopolios, que en su mayor parte excluía de sus prohibiciones los derechos de patente, así como los gremios. Desde el rey Carlos I, pasando por la guerra civil y hasta el rey Carlos II, los monopolios continuaron y se consideraron especialmente útiles para aumentar los ingresos. Luego, en 1684, en East India Company v Sandysse decidió que los derechos exclusivos para comerciar solo fuera del reino eran legítimos sobre la base de que solo las empresas grandes y poderosas podían comerciar en las condiciones que prevalecían en el extranjero. En 1710, para hacer frente a los altos precios del carbón causados ​​por un monopolio del carbón de Newcastle, se aprobó la Nueva Ley. Sus disposiciones establecían que "todos y cada uno de los contratos, Convenios y Acuerdos, ya sea por escrito o no por escrito... [entre] cualquier persona relacionada con dicho comercio de carbón, para incorporar carbones, o para restringir u obstaculizar cualquier Persona o Personas que libremente...dispongan de Carbones....son declarados ilegales." Cuando Adam Smith escribió La Riqueza de las Naciones en 1776, era algo cínico sobre la posibilidad de cambio.

"Esperar que la libertad de comercio alguna vez sea completamente restaurada en Gran Bretaña es tan absurdo como esperar que Oceana o Utopía se establezcan alguna vez en ella. No sólo los prejuicios del público, sino lo que es más invencible, los intereses privados de muchos individuos se oponen irresistiblemente. El miembro del Parlamento que apoya cualquier propuesta para fortalecer este Monopolio adquiere no solo la reputación de entender el comercio, sino también una gran popularidad e influencia entre una orden de hombres cuyos miembros y riqueza los hacen de gran importancia.."

Restricción del comercio

La ley inglesa de restricción del comercio es la predecesora directa de la ley de competencia moderna. Su uso actual es reducido, dados los estatutos modernos y orientados económicamente en la mayoría de los países de common law. Su enfoque se basó en los dos conceptos de prohibir acuerdos que fueran contrarios al orden público, a menos que se pudiera demostrar la razonabilidad de un acuerdo. Una restricción del comercio es simplemente algún tipo de disposición acordada que está diseñada para restringir el comercio de otro. Por ejemplo, en Nordenfelt v Maxim, Nordenfelt Gun Co, un inventor de armas sueco, prometió al vender su negocio a un fabricante de armas estadounidense que "no fabricaría armas ni municiones en ninguna parte del mundo, y no competiría con Maxim de ninguna manera". "

Para considerar si existe o no una restricción del comercio en primer lugar, ambas partes deben haber brindado una consideración valiosa para su acuerdo. En el caso de Dyer, un tintorero había dado una fianza para no ejercer su oficio en la misma ciudad que el demandante durante seis meses, pero el demandante no había prometido nada a cambio. Al escuchar el intento del demandante de hacer cumplir esta restricción, Hull J exclamó:

"per Dieu, si el demandante estuviera aquí, debería ir a prisión hasta que hubiera pagado una multa al Rey".

El derecho consuetudinario ha evolucionado para reflejar las condiciones comerciales cambiantes. Entonces, en el caso de 1613 de Rogers v Parry, un tribunal sostuvo que un carpintero que prometió no comerciar desde su casa durante 21 años podría hacer cumplir este vínculo en su contra ya que la hora y el lugar eran ciertos. El Presidente del Tribunal Supremo Coke también sostuvo que un hombre no puede comprometerse a no utilizar su oficio en general. A esto siguió Broad v Jolyffe y Mitchel v Reynolds, donde Lord Macclesfield preguntó: "¿Qué significa para un comerciante en Londres lo que otro hace en Newcastle?" En tiempos de comunicaciones tan lentas, el comercio en todo el país parecía axiomático que una restricción general no tenía un propósito legítimo para el negocio de uno y debería ser nula. Pero ya en 1880 enRoussillon v Roussillon Lord Justice Fry declaró que una restricción ilimitada en el espacio no tiene por qué ser nula, ya que la verdadera pregunta era si iba más allá de lo necesario para la protección del prometido. Entonces, en el caso Nordenfelt, Lord McNaughton dictaminó que, si bien uno podía prometer válidamente "no fabricar armas ni municiones en ninguna parte del mundo", era una restricción irrazonable "no competir con Maxim de ninguna manera". Este enfoque en Inglaterra fue confirmado por la Cámara de los Lores en Mason v The Provident Supply and Clothing Co.

Edad Moderna

El derecho moderno de la competencia comienza con la legislación estadounidense de la Ley Sherman de 1890 y la Ley Clayton de 1914. Mientras que otros países, particularmente europeos, también tenían algún tipo de regulación sobre monopolios y cárteles, la codificación estadounidense de la posición de derecho consuetudinario sobre la restricción del comercio tuvo un efecto generalizado en el desarrollo posterior de la ley de competencia. Tanto después de la Segunda Guerra Mundial como después de la caída del muro de Berlín, el derecho de la competencia ha pasado por fases de renovada atención y actualizaciones legislativas en todo el mundo.

Estados Unidos antimonopolio

El término estadounidense antimonopolio surgió no porque los estatutos de los Estados Unidos tuvieran algo que ver con la ley ordinaria de fideicomisos, sino porque las grandes corporaciones estadounidenses usaban los fideicomisos para ocultar la naturaleza de sus acuerdos comerciales. Los grandes fideicomisos se convirtieron en sinónimo de grandes monopolios, la amenaza percibida para la democracia y el libre mercado que representaban estos fideicomisos llevó a la aprobación de las leyes Sherman y Clayton. Estas leyes, en parte, codificaron el derecho consuetudinario estadounidense e inglés de restricciones comerciales. El senador Hoar, autor de la Ley Sherman, dijo en un debate: "Hemos afirmado la antigua doctrina del derecho consuetudinario con respecto a todas las transacciones comerciales interestatales e internacionales y hemos dotado a los tribunales de los Estados Unidos de autoridad para hacer cumplir esa doctrina mandato." La evidencia de la base del derecho consuetudinario de las Leyes Sherman y Clayton se encuentra enStandard Oil de Nueva Jersey v. Estados Unidos, donde el Presidente del Tribunal Supremo White vinculó explícitamente la Ley Sherman con el derecho consuetudinario y los estatutos ingleses del siglo XVI sobre la absorción. La redacción de la ley también refleja el derecho consuetudinario. Las dos primeras secciones dicen lo siguiente,

"Sección 1. Se declara ilegal todo contrato, combinación en forma de fideicomiso o de otro tipo, o conspiración, en restricción del comercio o el comercio entre varios Estados, o con naciones extranjeras. Toda persona que haga cualquier contrato o se comprometa en cualquier combinación o conspiración declarada ilegal por la presente, será considerado culpable de un delito grave y, en caso de ser condenado, será castigado con una multa...

Sección 2. Toda persona que monopolizare, o intentare monopolizar, o se combinara o conspirare con cualquier otra persona o personas, para monopolizar cualquier parte del comercio o el comercio entre varios Estados, o con naciones extranjeras, será considerada culpable de un delito. delito grave y, en caso de condena, será castigado con multa...".

La Ley Sherman no tuvo los efectos inmediatos que pretendían sus autores, aunque el gobierno federal del presidente republicano Theodore Roosevelt demandó a 45 empresas y William Taft la utilizó contra 75 empresas. La Ley Clayton de 1914 se aprobó para complementar la Ley Sherman. Se enumeraron categorías específicas de conducta abusiva, incluida la discriminación de precios (sección 2), tratos exclusivos (sección 3) y fusiones que redujeron sustancialmente la competencia (sección 7). La sección 6 eximía a los sindicatos del funcionamiento de la ley. Tanto la Ley Sherman como la Ley Clayton ahora están codificadas bajo el Título 15 del Código de los Estados Unidos.

  • Estados Unidos contra el Consejo Amalgamado de Trabajadores, 54 Fed 994 (CCA 5th 1893)
  • Estados Unidos contra EC Knight Company, 156 US 1 (1895)
  • Estados Unidos contra la Asociación de Carga de Trans-Missouri, 166 US 290 (1897)
  • Northern Securities Co. c. Estados Unidos, 193 US 197 (1904)
  • Loewe contra Lawlor, 208 US 274 (1908)
  • Duplex Printing Press Co. contra Deering, 254 US 443 (1921)

Consenso de posguerra

Fue después de la Primera Guerra Mundial que los países comenzaron a seguir el liderazgo de los Estados Unidos en la política de competencia. En 1923, Canadá introdujo la Ley de investigación de cosechadoras y en 1926 Francia reforzó sus disposiciones básicas de competencia del Código Napoleón de 1810. Después de la Segunda Guerra Mundial, los Aliados, encabezados por Estados Unidos, introdujeron una estricta regulación de los cárteles y monopolios en la Alemania y el Japón ocupados. En Alemania, a pesar de la existencia de leyes contra las prácticas comerciales desleales y la competencia desleal aprobadas en 1909 (Gesetz gegen den unlauteren Wettbewerb o UWG) se creía ampliamente que el predominio de los grandes cárteles de la industria alemana había facilitado que los nazis asumieran el control económico total simplemente sobornando o chantajeando a los jefes de un pequeño número de magnates industriales. De manera similar, en Japón, donde los negocios se organizaban a partir de lazos familiares y nepotistas, los zaibatsu eran fáciles de manipular para el gobierno en el esfuerzo de guerra. Después de la Segunda Guerra Mundial y la rendición incondicional de Japón y Alemania, se introdujeron controles más estrictos, replicando las políticas y regulaciones estadounidenses existentes.

Sin embargo, los desarrollos posteriores se vieron eclipsados ​​considerablemente por el movimiento hacia la nacionalización y la planificación de toda la industria en muchos países. Hacer que la economía y la industria sean democráticamente responsables a través de la acción directa del gobierno se convirtió en una prioridad. La industria del carbón, los ferrocarriles, el acero, la electricidad, el agua, la atención médica y muchos otros sectores fueron atacados por sus cualidades especiales de ser monopolios naturales. Los países de la Commonwealth tardaron en promulgar las disposiciones legales de la ley de competencia. El Reino Unido introdujo la Ley de Prácticas Restrictivas (considerablemente menos estricta) en 1956. Australia introdujo su Ley de Prácticas Comerciales actual en 1974. Sin embargo, recientemente ha habido una ola de actualizaciones, especialmente en Europa para armonizar la legislación con el pensamiento contemporáneo de la ley de competencia.

Derecho de la Unión Europea

En 1957, seis países de Europa occidental firmaron el Tratado de la Comunidad Europea (Tratado de la CE o Tratado de Roma), que en los últimos cincuenta años se ha convertido en una Unión Europea de casi 500 millones de ciudadanos. La Comunidad Europea es el nombre del pilar económico y social de la ley de la UE, bajo el cual se encuentra la ley de competencia. La sana competencia es vista como un elemento esencial en la creación de un mercado común libre de restricciones al comercio. La primera disposición es el artículo 81 CE, que trata de los cárteles y acuerdos verticales restrictivos. Prohibidos están...

"(1)...todos los acuerdos entre empresas, decisiones de asociaciones de empresas y prácticas concertadas que puedan afectar al comercio entre los Estados miembros y que tengan por objeto o efecto impedir, restringir o falsear la competencia en el mercado común... "

A continuación, el artículo 81, apartado 1, CE da ejemplos de prácticas restrictivas "duras", como la fijación de precios o el reparto del mercado, y el artículo 81, apartado 2, CE confirma que todo acuerdo es automáticamente nulo. Sin embargo, al igual que el Estatuto de Monopolios de 1623, el artículo 81, apartado 3, CE crea exenciones, si la colusión es para la innovación tecnológica o distributiva, otorga a los consumidores una "parte justa" del beneficio y no incluye restricciones irrazonables (o desproporcionadas, en terminología del TJUE) que corren el riesgo de eliminar la competencia en cualquier lugar. El artículo 82 CE trata de los monopolios, o más precisamente de las empresas que tienen una cuota de mercado dominante y abusan de esa posición. A diferencia de las leyes antimonopolio de los EE. UU., la ley de la CE nunca se ha utilizado para castigar la existencia de empresas dominantes, sino que simplemente impone una responsabilidad especial para comportarse adecuadamente. Las categorías específicas de abuso que se enumeran en el artículo 82 CE incluyen la discriminación de precios y el trato exclusivo, al igual que las secciones 2 y 3 de la Ley Clayton de EE. UU. También en virtud del artículo 82 CE, se facultó al Consejo de la Unión Europea para promulgar un reglamento para controlar las fusiones entre empresas, actualmente el último conocido por la abreviatura de ECMR "Reg. 139/2004". La prueba general es si una concentración (es decir, una fusión o adquisición) con una dimensión comunitaria (es decir, afecta a varios estados miembros de la UE) podría obstaculizar significativamente la competencia efectiva. Una vez más, la similitud con la disminución sustancial de la competencia de la Ley Clayton. Finalmente, los artículos 86 y 87 CE regulan el papel del Estado en el mercado. El artículo 86 (2) CE establece claramente que nada en las reglas puede usarse para obstruir a un estado miembro ' s derecho a prestar servicios públicos, pero que, de lo contrario, las empresas públicas deben seguir las mismas reglas sobre colusión y abuso de posición dominante que todos los demás. El artículo 87 CE, similar al artículo 81 CE, establece una regla general según la cual el Estado no puede ayudar o subvencionar a particulares que distorsionen la libre competencia, pero luego concede excepciones para cosas como obras de caridad, desastres naturales o desarrollo regional.

Cumplimiento internacional

El derecho de la competencia ya se ha internacionalizado sustancialmente siguiendo las líneas del modelo estadounidense por parte de los propios estados nacionales, sin embargo, la participación de las organizaciones internacionales ha ido en aumento. Cada vez más activas en todas las conferencias internacionales están la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que es proclive a hacer recomendaciones neoliberales sobre la aplicación total de la ley de competencia para los bienes públicos. e industrias privadas. El capítulo 5 de la Carta de La Habana de la posguerra contenía un código Antimonopoliopero esto nunca se incorporó al precursor de la OMC, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1947. El director de la Oficina de Comercio Justo y profesor Richard Whish escribió con escepticismo que "parece poco probable en la etapa actual de su desarrollo que la OMC se transforme en un autoridad de competencia”. A pesar de eso, en la ronda de Doha de negociaciones comerciales en curso para la Organización Mundial del Comercio, la discusión incluye la posibilidad de que la aplicación de la ley de competencia se eleve a un nivel global. Si bien es incapaz de hacer cumplir la ley por sí misma, la Red Internacional de Competencia (ICN) recientemente establecida es una forma para que las autoridades nacionales coordinen sus propias actividades de cumplimiento.

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