Historia de los derechos de autor
La historia de los derechos de autor o copyright comienza con los primeros privilegios y monopolios concedidos a los impresores de libros. El Estatuto británico de Ana de 1710, cuyo título completo es "Una ley para el fomento del aprendizaje, otorgando las copias de libros impresos a los autores o compradores de dichas copias, durante los tiempos allí mencionados", fue el primer estatuto de derechos de autor. Inicialmente, la ley de derechos de autor solo se aplicaba a la copia de libros. Con el tiempo, otros usos, como traducciones y obras derivadas, quedaron sujetos a derechos de autor y los derechos de autor ahora cubren una amplia gama de obras, incluidos mapas, representaciones, pinturas, fotografías, grabaciones de sonido, películas y programas informáticos.
Hoy en día, las leyes nacionales de derechos de autor se han estandarizado hasta cierto punto a través de acuerdos internacionales y regionales como el Convenio de Berna y las directivas europeas de derechos de autor. Aunque hay coherencia entre las leyes de derechos de autor de las naciones, cada jurisdicción tiene leyes y reglamentos separados y distintos sobre los derechos de autor. Algunas jurisdicciones también reconocen los derechos morales de los creadores, como el derecho a ser acreditado por la obra.
Los derechos de autor son derechos exclusivos concedidos al autor o creador de una obra original, incluido el derecho a copiar, distribuir y adaptar la obra. Los derechos de autor no protegen las ideas, solo su expresión o fijación. En la mayoría de las jurisdicciones, los derechos de autor surgen tras la fijación y no es necesario registrarlos. Los propietarios de los derechos de autor tienen el derecho legal exclusivo de ejercer el control sobre la copia y otra explotación de las obras durante un período de tiempo específico, después del cual se dice que la obra pasa al dominio público. Los usos que están cubiertos por las limitaciones y excepciones a los derechos de autor, como el uso justo, no requieren el permiso del propietario de los derechos de autor. Todos los demás usos requieren permiso y los propietarios de los derechos de autor pueden otorgar licencias o transferir permanentemente o asignar sus derechos exclusivos a otros.
Primeros desarrollos
La jurisprudencia histórica más antigua registrada sobre el derecho de copia proviene de la antigua Irlanda. El Cathach es el manuscrito irlandés más antiguo existente del Salterio y el ejemplo más antiguo de escritura irlandesa. Contiene una versión Vulgata de los Salmos XXX (30) a CV (105) con una rúbrica o encabezado interpretativo antes de cada salmo. Se atribuye tradicionalmente a San Columba como la copia, hecha de noche a toda prisa por una luz milagrosa, de un Salterio prestado a Columba por San Finnian. En el siglo VI, surgió una disputa sobre la propiedad de la copia y el rey Diarmait Mac Cerbhaill emitió el juicio "A cada vaca pertenece su ternero, por lo tanto, a cada libro pertenece su copia". La batalla de Cúl Dreimhne se libró por este tema.
La ley de derechos de autor moderna ha sido influenciada por una serie de derechos legales más antiguos que han sido reconocidos a lo largo de la historia, incluidos los derechos morales del autor que creó una obra, los derechos económicos de un benefactor que pagó para que se hiciera una copia, los derechos de propiedad de el propietario individual de una copia, y el derecho del soberano a censurar y regular la industria de la imprenta. Los orígenes de algunos de estos derechos se remontan a la antigua cultura griega, la antigua ley judía y la antigua ley romana. En la sociedad griega, durante el siglo VI a. C., surgió la noción del yo individual, incluidos los ideales personales, la ambición y la creatividad. El yo individual es importante en los derechos de autor porque distingue la creatividad producida por un individuo del resto de la sociedad.En la antigua ley talmúdica judía se puede encontrar el reconocimiento de los derechos morales del autor y los derechos económicos o de propiedad de un autor.
Antes de la invención de los tipos móviles en Occidente a mediados del siglo XV, los textos se copiaban a mano y el reducido número de textos generaba pocas ocasiones para que estos derechos fueran probados. Durante el Imperio Romano, un período de próspero comercio de libros, no existían derechos de autor o regulaciones similares, la copia por parte de personas que no eran libreros profesionales era rara. Esto se debe a que, por lo general, los libros eran copiados por esclavos alfabetizados, cuya compra y mantenimiento eran costosos. Por lo tanto, cualquier copiador habría tenido que pagar los mismos gastos que un editor profesional. Los vendedores de libros romanos a veces pagaban a un autor respetado por el primer acceso a un texto para copiar, pero no tenían derechos exclusivos sobre una obra y los autores normalmente no recibían ningún pago por su trabajo. Marcial, en sus Epigramas, se queja de no recibir ganancias a pesar de la popularidad de su poesía en todo el Imperio Romano.
La imprenta se empezó a utilizar en Europa en los años 1400 y 1500, y abarató mucho la producción de libros. Como inicialmente no existía una ley de derechos de autor, cualquiera podía comprar o alquilar una prensa e imprimir cualquier texto. Los competidores volvieron a editar y publicar de inmediato nuevos trabajos populares, por lo que los impresores necesitaban un flujo constante de material nuevo. Los honorarios pagados a los autores por los nuevos trabajos eran altos y complementaban significativamente los ingresos de muchos académicos.
La imprenta trajo profundos cambios sociales. El aumento de la alfabetización en toda Europa condujo a un aumento espectacular de la demanda de material de lectura. Los precios de las reimpresiones eran bajos, por lo que las personas más pobres podían comprar las publicaciones, creando un mercado masivo de lectores. En las áreas de habla alemana, la mayoría de las publicaciones eran trabajos académicos, y la mayoría eran publicaciones científicas y técnicas, a menudo manuales de instrucciones prácticas autodidactas sobre temas como la construcción de diques. Después de que se estableciera la ley de derechos de autor (en 1710 en Inglaterra y en la década de 1840 en las áreas de habla alemana), el mercado masivo de bajo precio desapareció y se publicaron menos ediciones y más caras.Heinrich Heine, en una carta de 1854 a su editor, se queja: "Debido a los precios tremendamente altos que ha establecido, difícilmente veré una segunda edición del libro en el corto plazo. Pero debe establecer precios más bajos, querido Campe, porque de lo contrario yo Realmente no veo por qué fui tan indulgente con mis intereses materiales".
Primeros privilegios y monopolios
El origen de la ley de derechos de autor en la mayoría de los países europeos se encuentra en los esfuerzos de la iglesia y los gobiernos para regular y controlar la producción de las impresoras. Antes de la invención de la imprenta, una escritura, una vez creada, solo podía multiplicarse físicamente mediante el proceso altamente laborioso y propenso a errores de copia manual por parte de los escribas. No existía un elaborado sistema de censura y control sobre los escribas, ya que los escribas estaban dispersos y trabajaban en manuscritos únicos. La impresión permitió múltiples copias exactas de un trabajo, lo que llevó a una circulación más rápida y generalizada de ideas e información (ver cultura impresa). En 1559 se publicó por primera vez el Index Expurgatorius, o Lista de Libros Prohibidos.
En Europa, la imprenta se inventó y se estableció ampliamente en los siglos XV y XVI. Si bien los gobiernos y la iglesia alentaron la impresión de muchas maneras, lo que permitió la difusión de Biblias e información gubernamental, las obras de disidencia y crítica también pudieron circular rápidamente. Como consecuencia, los gobiernos establecieron controles sobre las imprentas en toda Europa, exigiéndoles tener licencias oficiales para comercializar y producir libros. Las licencias generalmente otorgaban a los impresores el derecho exclusivo de imprimir trabajos particulares durante un período fijo de años y permitían al impresor evitar que otros imprimieran el mismo trabajo durante ese período. Las licencias solo podían otorgar derechos para imprimir en el territorio del estado que las había otorgado, pero generalmente prohibían la importación de imprentas extranjeras.
La república de Venecia concedió su primer privilegio para un libro en particular en 1486. Fue un caso especial, siendo la historia de la ciudad misma, la Rerum venetarum ab urbe condita opus de Marcus Antonius Coccius Sabellicus". El segundo autor en el mundo en lograr los derechos de autor, privilegios reales de imprenta, fue el humanista y gramático Antonio de Nebrija, en Lexicon hoc est Dictionarium ex sermone latino in hispaniensem (Salamanca, 1492).A partir de 1492 Venecia empezó a conceder regularmente privilegios para los libros.La República de Venecia, los duques de Florencia, y León X y otros Papas concedieron en distintas épocas a determinados impresores el privilegio exclusivo de imprimir por plazos determinados (raramente superiores a 14 años) ediciones de autores clásicos.
El primer privilegio de derechos de autor en Inglaterra data de 1518 y fue otorgado a Richard Pynson, King's Printer, el sucesor de William Caxton. El privilegio otorga un monopolio por el término de dos años. La fecha es 15 años posterior a la del primer privilegio emitido en Francia. Los primeros privilegios de derechos de autor se denominaron "monopolios", particularmente durante el reinado de la reina Isabel, quien con frecuencia otorgaba concesiones de monopolios en artículos de uso común, como sal, cuero, carbón, jabón, tarjetas, cerveza y vino. La práctica continuó hasta que se promulgó el Estatuto de Monopolios en 1623, que puso fin a la mayoría de los monopolios, con ciertas excepciones, como las patentes; después de 1623, las concesiones de patentes de Cartas a los editores se hicieron comunes.
El privilegio alemán más antiguo del que hay constancia fidedigna fue emitido en 1501 por el Consejo Áulico a una asociación titulada Sodalitas Rhenana Celtica, para la publicación de una edición de los dramas de Hroswitha de Gandersheim, que había sido preparada para la imprenta por Conrad. celtas. Según el historiador Eckhard Höffner, indicó que no existía una legislación de derechos de autor efectiva en Alemania a principios del siglo XIX. Prusia introdujo una ley de derechos de autor en 1837, pero incluso entonces los autores y editores tenían que ir a otro estado alemán para eludir su decisión.
A medida que se extendía la "amenaza" de la imprenta, los gobiernos establecieron mecanismos de control centralizados,y en 1557 la Corona inglesa pensó en detener el flujo de libros sediciosos y heréticos mediante la constitución de la Stationers' Company. El derecho a imprimir se limitó a los miembros de ese gremio, y treinta años más tarde se autorizó la Star Chamber para restringir las "grandes atrocidades y abusos" de "personas contentas y desordenadas que profesan el arte o el misterio de la imprenta o la venta de libros". " El derecho a imprimir estaba restringido a dos universidades ya las 21 imprentas existentes en la ciudad de Londres, que contaban con 53 imprentas. La corona francesa también reprimió la imprenta y el impresor Etienne Dolet fue quemado en la hoguera en 1546. Cuando los ingleses tomaron el control de la fundición tipográfica en 1637, los impresores huyeron a los Países Bajos. La confrontación con la autoridad hizo a los impresores radicales y rebeldes, y 800 autores,La noción de que la expresión de opiniones disidentes o subversivas debe ser tolerada, no censurada o castigada por la ley, se desarrolló junto con el surgimiento de la imprenta y la prensa. The Areopagitica, publicado en 1644 con el título completo Areopagitica: un discurso del Sr. John Milton por la libertad de impresión sin licencia al Parlamento de Inglaterra, fue la respuesta de John Milton al parlamento inglés que reintrodujo la concesión de licencias gubernamentales a los impresores, por lo tanto, a los editores. Al hacerlo, Milton articuló los hilos principales de las discusiones futuras sobre la libertad de expresión. Al definir el alcance de la libertad de expresión y del discurso "dañino", Milton argumentó en contra del principio de censura previa y a favor de la tolerancia de una amplia gama de puntos de vista.
Ley de derechos de autor británica temprana
En Inglaterra, los impresores, conocidos como papeleros, formaron una organización colectiva, conocida como Stationers' Company. En el siglo XVI, se otorgó a la Stationers' Company el poder de exigir que todos los libros legalmente impresos se inscribieran en su registro. Solo los miembros de la Papelería podían ingresar libros en el registro. Esto significó que Stationers 'Company logró una posición dominante sobre la publicación en la Inglaterra del siglo XVII (no se formó un acuerdo equivalente en Escocia e Irlanda). El monopolio llegó a su fin en 1695, cuando el Parlamento inglés no renovó el poder de la Stationers' Company.
En 1707 los parlamentos de Inglaterra y Escocia se unieron como resultado de la Unión Anglo-Escocesa. El nuevo parlamento pudo cambiar las leyes en ambos países y una de las primeras leyes importantes fue la Ley de derechos de autor de 1710, también conocida como el Estatuto de Ana, en honor a la Reina Ana. La ley entró en vigor en 1710 y fue el primer estatuto de derechos de autor. Su título completo era "Ley para el Fomento del Aprendizaje, mediante la concesión de las Copias de Libros Impresos a los Autores o compradores de tales Copias, durante los Tiempos allí mencionados".
La entrada en vigor del Estatuto de Ana en abril de 1710 marcó un momento histórico en el desarrollo de la ley de derechos de autor. Como el primer estatuto de derechos de autor del mundo, otorgó a los editores de un libro protección legal de 14 años con el comienzo del estatuto. También otorgó 21 años de protección para cualquier libro ya impreso.El Estatuto de Ana tenía un enfoque social y un mandato mucho más amplios que el monopolio otorgado a la Papelería. El estatuto se preocupaba por el público lector, la producción continua de literatura útil y el avance y la difusión de la educación. El tablón central del estatuto es un quid pro quo social; para alentar a "hombres eruditos a componer y escribir libros útiles", el estatuto garantizaba el derecho finito de imprimir y reimprimir esas obras. Estableció un pacto pragmático entre los autores, los libreros y el público. El Estatuto de Ana puso fin al antiguo sistema por el cual solo podía aparecer impresa la literatura que cumplía con los estándares de censura administrados por los libreros. Además, el estatuto creó un dominio público para la literatura, ya que anteriormente toda la literatura pertenecía a los libreros para siempre.
Según Patterson y Lindberg, el Estatuto de Ana:
"... transformó los derechos de autor de los papeleros -que habían sido utilizados como un dispositivo de monopolio y un instrumento de censura- en un concepto de regulación comercial para promover el aprendizaje y reducir el monopolio de los editores... Las características del Estatuto de Anne que justificaban el epíteto de regulación comercial incluían el plazo limitado de los derechos de autor, la disponibilidad de los derechos de autor para cualquier persona y las disposiciones de control de precios. Los derechos de autor, en lugar de ser perpetuos, ahora se limitaban a un período de catorce años, con una renovación similar. el término está disponible solo para el autor (y solo si el autor vivía al final del primer término)".
Cuando el plazo legal de los derechos de autor previsto por el Estatuto de Ana comenzó a expirar en 1731, los libreros de Londres pensaron en defender su posición dominante solicitando órdenes judiciales del Tribunal de Cancillería para las obras de autores que quedaban fuera de la protección del estatuto. Al mismo tiempo, los libreros de Londres presionaron al parlamento para que ampliara el plazo de los derechos de autor previsto en el Estatuto de Ana. Finalmente, en un caso conocido como Midwinter v Hamilton (1743-1748), los libreros de Londres recurrieron al derecho consuetudinario y comenzaron un período de 30 años conocido como la batalla de los libreros.. En la batalla de los libreros, los libreros de Londres se enfrentaron con el recién emergente comercio del libro escocés por el derecho a reimprimir obras que no estaban bajo la protección del Estatuto de Ana. Los libreros escoceses argumentaron que no existían derechos de autor de derecho consuetudinario en la obra de un autor. Los libreros de Londres argumentaron que el Estatuto de Ana solo complementaba y respaldaba un derecho de autor de derecho consuetudinario preexistente. La disputa se discutió en varios casos notables, incluidos Millar v Kincaid (1749-1751) y Tonson v Collins (1761-1762).
Derechos de autor de derecho consuetudinario
Se desató un debate sobre si las ideas impresas podían ser propiedad y los libreros de Londres y otros defensores del derecho de autor perpetuo argumentaron que, sin él, la erudición dejaría de existir y que los autores no tendrían ningún incentivo para seguir creando obras de valor perdurable si no podían legar los derechos de propiedad. a sus descendientes. Los opositores a los derechos de autor perpetuos argumentaron que equivalía a un monopolio, lo que inflaba el precio de los libros, haciéndolos menos asequibles y, por lo tanto, impedía la difusión de la Ilustración. Los libreros de Londres fueron atacados por usar los derechos de los autores para enmascarar su codicia y su propio interés en controlar el comercio de libros. Cuando Donaldson contra Beckettllegó a la Cámara de los Lores en 1774, Lord Camden fue más estridente en su rechazo de los derechos de autor de la ley consuetudinaria, advirtiendo a los Lores que, si votaban a favor de los derechos de autor de la ley consuetudinaria, efectivamente un derecho de autor perpetuo, "todo nuestro aprendizaje será encerrado en las manos de los Tonson y los Lintot de la época". Además, advirtió, los libreros pondrían los libros al precio que quisieran "hasta que el público se convirtiera en sus esclavos tanto como lo son sus propios compiladores". Declaró que "el conocimiento y la ciencia no son cosas para ser atadas con tales cadenas de telarañas".
En su fallo, la Cámara de los Lores estableció que los derechos y responsabilidades en materia de derechos de autor estaban determinados por la legislación. Sin embargo, todavía hay desacuerdo sobre si la Cámara de los Lores afirmó la existencia de derechos de autor de derecho consuetudinario antes de que fuera reemplazado por el Estatuto de Ana. Los Lores habían sido tradicionalmente hostiles al monopolio de los libreros y eran conscientes de cómo se utilizaba la doctrina de los derechos de autor del derecho consuetudinario, promovida por los libreros, para respaldar su caso de derechos de autor perpetuos. Los Lores decidieron claramente en contra de los derechos de autor perpetuos y, al confirmar que el plazo de los derechos de autor (el período de tiempo que una obra está protegida por derechos de autor) expiró de acuerdo con el estatuto, los Lores también afirmaron el dominio público. El fallo en Donaldson v Beckettconfirmó que una gran cantidad de obras y libros publicados por primera vez en Gran Bretaña eran de dominio público, ya sea porque el período de derechos de autor otorgado por ley había expirado o porque se publicaron por primera vez antes de que se promulgara el Estatuto de Ana en 1710. Esto abrió el mercado para reimpresiones baratas de obras de Shakespeare, Milton y Chaucer, obras que ahora se consideran clásicas. La expansión del dominio público de los libros rompió el dominio de los libreros de Londres y permitió la competencia, con el número de libreros y editores de Londres casi triplicado, de 111 a 308, entre 1772 y 1802.
Finalmente, se llegó a un acuerdo por el cual los autores tenían un derecho de autor de derecho consuetudinario preexistente sobre su trabajo, pero con el Estatuto de Ana, el parlamento había limitado estos derechos para lograr un equilibrio más apropiado entre los intereses del autor y el bien social más amplio.. Según Patterson y Livingston, desde entonces ha persistido la confusión sobre la naturaleza de los derechos de autor. Los derechos de autor han llegado a ser vistos como un derecho natural del autor y como la concesión estatutaria de un monopolio limitado. Una teoría sostiene que los derechos de autor se crean simplemente por la creación de una obra, la otra que se debe a un estatuto de derechos de autor.
En agosto de 1906, la Ley de derechos de autor para la música de 1906, conocida como TP O'Connor Bill, se agregó a la ley de derechos de autor cuando fue aprobada por el Parlamento británico, luego de que muchos de los escritores de música popular en ese momento murieran en la pobreza debido a la piratería generalizada. por bandas durante la crisis de la piratería de partituras a principios del siglo XX. Las pandillas compraban una copia de la música a precio completo, la copiaban y la revendían, a menudo a la mitad del precio del original.
Primera ley de derechos de autor francesa
En la Francia prerrevolucionaria, todos los libros debían ser aprobados por censores oficiales y los autores y editores tenían que obtener un privilegio real antes de poder publicar un libro. Los privilegios reales eran exclusivos y generalmente se otorgaban por seis años, con posibilidad de renovación. Con el tiempo se estableció que el poseedor de un privilegio real tiene el derecho exclusivo de obtener una renovación indefinidamente. En 1761, el Consejo Real otorgó un privilegio real a los herederos de un autor en lugar del editor del autor, lo que provocó un debate nacional sobre la naturaleza de la propiedad literaria similar al que tuvo lugar en Gran Bretaña durante la batalla de los libreros.
En 1777 una serie de Reales Cédulas reformaron los privilegios reales. La duración de los privilegios se fijó en una duración mínima de 10 años o la vida del autor, lo que fuera mayor. Si el autor obtuvo un privilegio y no lo transfirió ni lo vendió, él mismo podía publicar y vender ejemplares del libro y pasar el privilegio a sus herederos, quienes disfrutaban de un derecho exclusivo a perpetuidad. Si el privilegio se vendió a un editor, el derecho exclusivo solo duraría la duración especificada. Los reales decretos prohibían la renovación de privilegios y una vez expirado el privilegio cualquiera podía obtener un "permiso simple" para imprimir o vender copias de la obra. De ahí que se reconociera expresamente el dominio público en los libros cuyo privilegio había caducado.
Después de la Revolución Francesa, estalló una disputa sobre la concesión a la Comédie-Française del derecho exclusivo a la representación pública de todas las obras dramáticas y en 1791 la Asamblea Nacional abolió el privilegio. A cualquiera se le permitió establecer un teatro público y la Asamblea Nacional declaró que las obras de cualquier autor que hubiera muerto hacía más de cinco años eran propiedad pública. En la misma medida, la Asamblea Nacional otorgó a los autores el derecho exclusivo de autorizar la ejecución pública de sus obras durante su vida, y extendió ese derecho a los herederos y cesionarios de los autores por cinco años después de la muerte del autor. La Asamblea Nacional consideró que una obra publicada era por su naturaleza un bien público, y que los derechos de autor se reconocen como una excepción a este principio, para compensar a un autor por su obra.
En 1793 se aprobó una nueva ley que otorgaba a los autores, compositores y artistas el derecho exclusivo de vender y distribuir sus obras, y el derecho se extendió a sus herederos y cesionarios durante 10 años después de la muerte del autor. La Asamblea Nacional colocó esta ley firmemente sobre una base de derecho natural, denominándola "Declaración de los Derechos del Genio" y evocando así la famosa Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Sin embargo, los derechos de autor estaban sujetos a la condición de depositar copias de la obra en la Bibliothèque Nationale y los comentaristas del siglo XIX caracterizaron la ley de 1793 como utilitaria y "una subvención caritativa de la sociedad".
Primera ley de derechos de autor de los Estados Unidos
El Estatuto de Ana no se aplicó a las colonias americanas. La economía de los primeros Estados Unidos era en gran parte agraria y solo se habían aprobado tres actos de derechos de autor privados en Estados Unidos antes de 1783. Dos de los actos se limitaron a siete años, el otro se limitó a un período de cinco años. En 1783, las peticiones de varios autores persuadieron al Congreso Continental "que nada es más propio de un hombre que el fruto de su estudio, y que la protección y seguridad de la propiedad literaria tendería en gran medida a alentar el genio y promover descubrimientos útiles". Pero según los Artículos de la Confederación, el Congreso Continental no tenía autoridad para promulgar leyes de derechos de autor. El Congreso Continental aprobó una resolución instando a los Estados a "asegurar a los autores o editores de cualquier libro nuevo no impreso hasta ahora... el derecho de autor de tales libros por un tiempo determinado no menor de catorce años a partir de la primera publicación; y para asegurar a dichos autores, si sobreviven el término primero mencionado,... el derecho de autor de tales libros por otro término de tiempo no menos de catorce años.Tres estados ya habían promulgado estatutos de derechos de autor en 1783 antes de la resolución del Congreso Continental, y en los siguientes tres años todos los estados restantes excepto Delaware aprobaron un estatuto de derechos de autor. Siete de los Estados siguieron el Estatuto de Ana y la resolución del Congreso Continental al proporcionar dos mandatos de catorce años. Los cinco Estados restantes otorgaron derechos de autor por plazos únicos de catorce, veinte y veintiún años, sin derecho a renovación.
En la Convención de Filadelfia en 1787, tanto James Madison de Virginia como Charles Cotesworth Pinckney de Carolina del Sur presentaron propuestas que permitirían al Congreso el poder de otorgar derechos de autor por un tiempo limitado. Estas propuestas son el origen de la Cláusula de Copyright en la Constitución de los Estados Unidos, que permite la concesión de derechos de autor y patentes por un tiempo limitado para cumplir una función utilitaria, a saber, "promover el progreso de la ciencia y las artes útiles". La primera ley federal de derechos de autor fue la Ley de derechos de autor de 1790. Otorgó derechos de autor por un período de 14 años "desde el momento de registrar el título de los mismos" con un derecho de renovación por otros 14 años si el autor sobrevive hasta el final del primero. término. La ley abarcó no solo libros, sino también mapas y gráficos.
En ese momento, las obras solo recibían protección bajo los derechos de autor legales federales si se cumplían las formalidades legales, como un aviso de derechos de autor adecuado. Si este no fuera el caso, la obra pasaría inmediatamente al dominio público. En 1834, la Corte Suprema dictaminó en Wheaton v. Peters (un caso similar al caso de 1774 de Donaldson v Beckett en Gran Bretaña) que aunque el autor de un trabajo inédito tenía el derecho consuetudinario de controlar la primera publicación de ese trabajo, el autor no tenía un derecho consuetudinario para controlar la reproducción después de la primera publicación de la obra.
Internacionalización temprana
El Convenio de Berna se estableció por primera vez en 1886 y posteriormente se volvió a negociar en 1896 (París), 1908 (Berlín), 1928 (Roma), 1948 (Bruselas), 1967 (Estocolmo) y 1971 (París). La convención se relaciona con las obras literarias y artísticas, que incluyen películas, y la convención requiere que sus estados miembros brinden protección a todas las producciones en el ámbito literario, científico y artístico. El Convenio de Berna tiene una serie de características fundamentales, incluido el principio de trato nacional, que sostiene que cada estado miembro del convenio otorgaría a los ciudadanos de otros estados miembros los mismos derechos de propiedad intelectual que otorgó a sus propios ciudadanos (Artículo 3-5).
Otra característica central es el establecimiento de estándares mínimos de la legislación nacional de derechos de autor en el sentido de que cada estado miembro acepta ciertas reglas básicas que deben contener sus leyes nacionales. Aunque los estados miembros pueden, si lo desean, aumentar la cantidad de protección otorgada a los propietarios de derechos de autor. Una regla mínima importante era que el plazo de los derechos de autor debía ser como mínimo la vida del autor más 50 años. Otra regla mínima importante establecida por el Convenio de Berna es que los derechos de autor surgen con la creación de una obra y no dependen de ninguna formalidad como un sistema de registro público (Artículo 5(2)). En ese momento, algunos países requerían el registro de derechos de autor, y cuando Gran Bretaña implementó la Convención de Berna en la Ley de derechos de autor de 1911, tuvo que abolir su sistema de registro en Stationers' Hall.
El Convenio de Berna se centra en los autores como la figura clave en la ley de derechos de autor y el objetivo declarado del convenio es "la protección de los derechos de los autores sobre sus obras literarias y artísticas" (artículo 1), en lugar de la protección de los editores y otros actores. en proceso de difusión de las obras al público. En la revisión de 1928 se introdujo el concepto de derechos morales (artículo 6 bis), otorgando a los autores el derecho a ser identificados como tales ya oponerse al trato despectivo de sus obras. Estos derechos, a diferencia de los derechos patrimoniales como el de impedir la reproducción, no podían transferirse a terceros.
El Convenio de Berna también consagró limitaciones y excepciones a los derechos de autor, permitiendo la reproducción de obras literarias y artísticas sin el permiso previo de los propietarios de los derechos de autor. El detalle de estas excepciones se dejó a la legislación nacional de derechos de autor, pero el principio rector se establece en el Artículo 9 de la convención. La llamada prueba de los tres pasos sostiene que sólo se permite una excepción "en determinados casos especiales, siempre que dicha reproducción no atente contra la explotación normal de la obra y no cause un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor". Se permite expresamente el uso libre de obras protegidas por derechos de autor en el caso de citas de obras publicadas legalmente, ilustraciones con fines didácticos y reportajes de noticias (artículo 10).
Derechos de autor en los países comunistas
Derechos de autor y tecnología
- La tecnología digital introduce un nuevo nivel de controversia en la política de derechos de autor.
- Inclusión de software como materia de derechos de autor por recomendación de CONTU y luego con la Directiva de Programas Informáticos de la UE.
- Promulgación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).
- Controversia sobre la propiedad intelectual de las bases de datos (Feist Publications v. Rural Telephone Service y casos contradictorios); enlaces al debate sobre los derechos sui generis sobre las bases de datos.
- Promulgación del Tratado de Derecho de Autor de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual; las naciones comienzan a aprobar leyes contra la elusión.
Comentaristas como Barlow (1994) han argumentado que los derechos de autor digitales son fundamentalmente diferentes y seguirán siendo persistentemente difíciles de hacer cumplir; otros, como Stallman (1996), han argumentado que, en primer lugar, Internet socava profundamente la lógica económica de los derechos de autor. Estas perspectivas pueden conducir a la consideración de sistemas de compensación alternativos en lugar de derechos exclusivos para todo tipo de información, incluidos software, libros, películas y música.
Expansiones en alcance y operación
- Pasar de la ley consuetudinaria y las concesiones ad hoc de monopolio a los estatutos de derechos de autor.
- Expansiones en el tema (en gran parte relacionadas con la tecnología).
- Ampliaciones de duración.
- Creación de nuevos derechos exclusivos (como los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y otros derechos conexos).
- Creación de sociedades de gestión.
- Penalización de la infracción de los derechos de autor.
- Creación de leyes contra la elusión.
- Aplicación de las doctrinas de responsabilidad secundaria por parte de los tribunales para cubrir las redes de intercambio de archivos
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