Glosadores

format_list_bulleted Contenido keyboard_arrow_down
ImprimirCitar
Glosador medieval

Los eruditos de las escuelas de derecho de los siglos XI y XII en Italia, Francia y Alemania se identifican como glosadores en un sentido específico. Estudiaron derecho romano basándose en el Digesta , el Códice de Justiniano, el Authenticum (una traducción latina abreviada de constituciones seleccionadas de Justiniano, promulgadas en griego después de la promulgación del Códice y por lo tanto llamadas Novellae ), y su manual de derecho, las Instituciones Iustiniani. , recopilados en el Corpus Iuris Civilis. (Este título en sí mismo es solo una invención de los impresores del siglo XVI). Su trabajo transformó los textos antiguos heredados en una tradición viva del derecho romano medieval.

Los glosadores realizaron estudios de texto detallados que resultaron en colecciones de explicaciones. Para su trabajo utilizaron un método de estudio desconocido para los propios romanos, insistiendo en que las contradicciones en el material legal eran solo aparentes. Intentaron armonizar las fuentes en la convicción de que para cada cuestión jurídica sólo existe una norma vinculante. Así, abordaron estas fuentes jurídicas de forma dialéctica, característica de la escolástica medieval. A veces necesitaban inventar nuevos conceptos que no se encuentran en la ley romana, como la prueba a medias (evidencia por debajo de la prueba completa pero de cierta fuerza, como un solo testigo). En otras disciplinas medievales, por ejemplo la teología y la filosofía, también se hicieron glosas sobre los principales textos autorizados.

En griego, γλῶσσα ( glossa ) significa "lengua" o "idioma". Originalmente, la palabra se usaba para denotar una explicación de una palabra desconocida, pero su alcance se expandió gradualmente al sentido más general de "comentario". Los glosadores solían escribir en los márgenes de los textos antiguos ( glosa marginalis ) o entre líneas ( glosa interlinearis - glosas interlineales). Más tarde, estos se reunieron en grandes colecciones, primero copiados como libros separados, pero también rápidamente escritos en los márgenes de los textos legales. Los copistas medievales de Bolonia desarrollaron una escritura típica para mejorar la legibilidad tanto del texto principal como de las glosas. La escritura típicamente boloñesa se llama Littera Bononiensis.

La Glossa ordinaria de Accursius , la redacción estándar final de estas glosas, contiene alrededor de 100.000 glosas. Accursius trabajó durante décadas en esta tarea. No existe una edición crítica de sus glosas.

En la historiografía más antigua de la ley culta medieval , se desarrolló la opinión de que después de que la glosa estándar se había fijado, una generación de los llamados comentaristas comenzó a reemplazar a los glosadores. De hecho, los primeros eruditos legales medievales también escribieron comentarios y conferencias, pero su principal esfuerzo fue, de hecho, crear glosas.

La mayoría de las glosas más antiguas son accesibles solo en manuscritos medievales: existen ediciones modernas de solo unos pocos manuscritos. Las principales colecciones de microfilmes de manuscritos legales glosados ​​se encuentran en el Instituto Max Planck de Historia Legal Europea en Frankfurt am Main, en las universidades de Munich, Würzburg, Milán, Leyden y Berkeley.

La glosa

Escribano de la edad media
Retrato del trabajo de un escribano de la edad media

Los juristas de la Escuela de Bolonia usaron como método de trabajo la glosa o exégesis textual, ante la imperante necesidad de comprender el contenido de los textos jurídicos justinianeos. Básicamente, las glosas consistían en aclaraciones que los estudiosos del Derecho comenzaron a incorporar a los textos, constituyendo un método analítico a través del cual se intentaba explicar las palabras del texto. Con el devenir de los años, el método fue evolucionando, pasando de ser meras aclaraciones de vocablos situadas entre las líneas de los textos justinianeos (glosas interlineales) a recoger reducidos desarrollos teóricos, concordancias con otros textos del Corpus Iuris, antinomias y excepciones, adquiriendo tales dimensiones que se hizo necesario que la glosa tuviese que ser escrita al margen del texto estudiado (glosas marginales).​

Progresivamente, el trabajo que el glosador desenvolvía fue dejando de ser una pura interpretación gramatical (littera) para pasar a intentar alcanzar la comprensión del sentido de la fuerza de la ley o la capacidad normativa que cada norma tenía respecto a las posibles situaciones de hecho (sensus). De este modo, se comenzaron a hacer silogismos, argumentos y distinciones que tenían el objetivo de comprender el sentido de la ley o mens legum. Para la puesta en práctica de este novedoso procedimiento se requería de una serie de operaciones lógicas: en primer lugar, se debían agrupar los pasajes que dentro del Corpus Iuris concordaban con el texto que se estaba estudiando, así como también se necesitaba reunir a todos aquellos pasajes que proporcionaban soluciones diferentes. A pesar de que el jurista alemán Friedrich Karl von Savigny calificó de tarea menor la labor desempeñada por los glosadores, lo cierto es que la historiografía actual ha resaltado la vital importancia de todas estas operaciones lógicas. La compilación elaborada por Justiniano presentaba un elevado número de repeticiones y contradicciones, que se hacían más abundantes en el Digesto al recogerse en esta parte las opiniones de jurisconsultos pertenecientes a épocas distintas, que en algunas ocasiones llegaron a ser interpoladas. Sin embargo, los glosadores, que partían de la unidad del Corpus Iuris, se opusieron a la admisión de sus defectos intentando eliminar todas las contradicciones y redundancias en él presentes. Este hecho supuso un esfuerzo considerable para ellos, quienes tuvieron que abandonar la literalidad del texto para mediante su razonamiento intentar hacer una construcción sistemática de todos los textos del Corpus Iuris.​

En su empeño por entender los textos, los glosadores manifestaron desde un comienzo una notable preocupación por las definiciones. Sin embargo, en este punto tropezaron con la reticencia que los juristas romanos habían puesto a estas mismas, que algunos incluso llegaron a catalogar como peligrosas. Pero los glosadores no tenían la misma concepción romana, así que se afanaron en dar definiciones y concretar claramente los conceptos, valiéndose de los regula iuris o reglas del Derecho.​

Fuentes

Lic. CC BY-NC-ND 4.0 - La Escuela de los Glosadores - AcademiaLab

Contenido relacionado

César Beccaria

Cesare Bonesana di Beccaria, marqués de Gualdrasco y Villareggio fue un criminólogo, jurista, filósofo, economista y político italiano, considerado uno de...

Ulrich molitor

Ulrich Molitor fue un abogado que escribió un tratado en oposición a los recientes intentos de fobia a las brujas de Heinrich Kramer. La obra de Molitor, De...

Henry James Sumner Maine

Sir Henry James Sumner Maine, KCSI, FRS fue un historiador y jurista comparativo whig británico. Es famoso por la tesis esbozada en su libro Ancient Law de...

John J McCloy

John Jay McCloy fue un abogado, diplomático, banquero y asesor presidencial estadounidense. Se desempeñó como Subsecretario de Guerra durante la Segunda...

Thomas Edward Cliffe Leslie

Thomas Edward Cliffe Leslie fue un jurista y economista irlandés. Fue profesor de jurisprudencia y economía política en el Queen's College de Belfast, y se...
Más resultados...
Tamaño del texto:
undoredo
format_boldformat_italicformat_underlinedstrikethrough_ssuperscriptsubscriptlink
save