De jure
En derecho y gobierno, de jure (day JOOR-ee, dee -, YOOR-ee; latín: dē iūre pronunciado [deː ˈjuːrɛ], "por ley") describe prácticas que están legalmente reconocidas, independientemente de si la práctica existe en la realidad. Por el contrario, de facto ("de hecho") describe situaciones que existen en la realidad, incluso si no están legalmente reconocidas.
Ejemplos
Entre 1805 y 1914, la dinastía gobernante de Egipto estuvo sujeta a los gobernantes del Imperio Otomano, pero actuaron como gobernantes independientes de facto que mantuvieron una cortés ficción de soberanía otomana. Sin embargo, a partir de alrededor de 1882, los gobernantes solo tenían un gobierno de jure sobre Egipto, ya que para entonces se había convertido en un estado títere británico. Así, según la ley otomana, Egipto era de jure una provincia del Imperio Otomano, pero de facto formaba parte del Imperio Británico.
En la ley estadounidense, particularmente después de Brown v. Board of Education (1954), la diferencia entre la segregación de facto (segregación que existía debido a las asociaciones voluntarias y los vecindarios) y la segregación de jure (segregación que existía debido a las leyes locales que exigían la segregación) se convirtieron en distinciones importantes para los propósitos de reparación exigidos por los tribunales.
En una situación hipotética, un rey o emperador podría ser el jefe de estado de jure. Sin embargo, si no son aptos para gobernar el país, el primer ministro o el canciller generalmente se convertirán en el líder práctico o de facto, mientras que el rey seguirá siendo el líder de jure. Por ejemplo, Eduardo V fue rey de jure de Inglaterra durante una parte de 1483, pero nunca fue coronado y su tío Ricardo III fue el rey de facto durante este período.
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