Contrato social

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Firma de la Independencia estadounidense
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En filosofía moral y política, el contrato social es una teoría o modelo que se originó durante el Siglo de las Luces y generalmente se refiere a la legitimidad de la autoridad del estado sobre el individuo. Los argumentos del contrato social suelen postular que las personas han consentido, ya sea explícita o tácitamente, en renunciar a algunas de sus libertades y someterse a la autoridad (del gobernante o a la decisión de la mayoría) a cambio de la protección de los derechos que les quedan o el mantenimiento de sus derechos. el orden social La relación entre los derechos naturales y legales es a menudo un tema de la teoría del contrato social. El término toma su nombre de El contrato social (en francés: Du contrat social ou Principes du droit politique), un libro de 1762 de Jean-Jacques Rousseau que discutía este concepto. Aunque los antecedentes de la teoría del contrato social se encuentran en la antigüedad, en la filosofía griega y estoica y en el derecho romano y canónico, el apogeo del contrato social fue entre mediados del siglo XVII y principios del XIX, cuando emergió como la principal doctrina de la legitimidad política.

El punto de partida para la mayoría de las teorías del contrato social es un examen de la condición humana ausente de cualquier orden político (denominado "estado de naturaleza" por Thomas Hobbes).En esta condición, las acciones de los individuos están limitadas únicamente por su poder personal y su conciencia. Desde este punto de partida compartido, los teóricos del contrato social buscan demostrar por qué los individuos racionales consentirían voluntariamente en renunciar a su libertad natural para obtener los beneficios del orden político. Destacados teóricos del contrato social y los derechos naturales de los siglos XVII y XVIII incluyen a Hugo Grotius (1625), Thomas Hobbes (1651), Samuel von Pufendorf (1673), John Locke (1689), Jean-Jacques Rousseau (1762) e Immanuel Kant (1797), cada uno abordando el concepto de autoridad política de manera diferente. Grotius postuló que los humanos individuales tenían derechos naturales. Thomas Hobbes dijo que en un "estado de naturaleza", la vida humana sería "solitaria, pobre, desagradable, brutal y breve". En ausencia de orden político y de derecho, todos tendrían libertades naturales ilimitadas, incluido el "derecho a todas las cosas" y, por lo tanto, la libertad de saquear, violar y asesinar; habría una interminable "guerra de todos contra todos" (bellum omnium contra omnes ). Para evitar esto, los hombres libres se contraen entre sí para establecer una comunidad política (sociedad civil) a través de un contrato social en el que todos ganan seguridad a cambio de someterse a un soberano absoluto, un hombre o una asamblea de hombres. Aunque los edictos del soberano bien pueden ser arbitrarios y tiránicos, Hobbes vio el gobierno absoluto como la única alternativa a la aterradora anarquía de un estado de naturaleza. Hobbes afirmó que los humanos consienten en renunciar a sus derechos en favor de la autoridad absoluta del gobierno (ya sea monárquico o parlamentario). Alternativamente, Locke y Rousseau argumentaron que obtenemos derechos civiles a cambio de aceptar la obligación de respetar y defender los derechos de los demás, renunciando a algunas libertades para hacerlo.

La afirmación central que aborda la teoría del contrato social es que la ley y el orden político no son creaciones naturales, sino humanas. El contrato social y el orden político que crea son simplemente los medios hacia un fin, el beneficio de los individuos involucrados, y son legítimos solo en la medida en que cumplan con su parte del acuerdo. Hobbes argumentó que el gobierno no es parte del contrato original y los ciudadanos no están obligados a someterse al gobierno cuando es demasiado débil para actuar de manera efectiva para suprimir el faccionalismo y el malestar social. Según otros teóricos del contrato social, cuando el gobierno no logra asegurar sus derechos naturales (Locke) o satisfacer los mejores intereses de la sociedad (llamado "voluntad general" por Rousseau), los ciudadanos pueden retirar su obligación de obedecer o cambiar el liderazgo a través de elecciones u otros medios incluyendo, cuando sea necesario, la violencia. Locke creía que los derechos naturales eran inalienables y, por lo tanto, el gobierno de Dios reemplazaba la autoridad del gobierno, mientras que Rousseau creía que la democracia (gobierno de la mayoría) era la mejor manera de garantizar el bienestar manteniendo la libertad individual bajo el estado de derecho. El concepto lockeano del contrato social fue invocado en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. Las teorías del contrato social fueron eclipsadas en el siglo XIX. mientras que Rousseau creía que la democracia (gobierno de la mayoría) era la mejor manera de garantizar el bienestar manteniendo la libertad individual bajo el estado de derecho. El concepto lockeano del contrato social fue invocado en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. Las teorías del contrato social fueron eclipsadas en el siglo XIX. mientras que Rousseau creía que la democracia (gobierno de la mayoría) era la mejor manera de garantizar el bienestar manteniendo la libertad individual bajo el estado de derecho. El concepto lockeano del contrato social fue invocado en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. Las teorías del contrato social fueron eclipsadas en el siglo XIX. siglo a favor del utilitarismo, el hegelianismo y el marxismo; fueron revividos en el siglo  XX, especialmente en la forma de un experimento mental de John Rawls.

Visión de conjunto

El modelo del contrato social.

Hay una forma general de teorías del contrato social, que es:

I elige R en M y esto le da a I* razones para respaldar y cumplir con R en el mundo real en la medida en que las razones que tengo para elegir R en M son (o pueden ser) compartidas por I*.

Siendo M el escenario deliberativo; R reglas, principios o instituciones; I las personas (hipotéticas) en posición original o estado de naturaleza que hacen el contrato social; y yo* siendo los individuos en el mundo real siguiendo el contrato social.

Historia

El concepto de contrato social fue planteado originalmente por Glaucón, tal como lo describe Platón en La República , Libro  II.

Dicen que hacer injusticia es, por naturaleza, bueno; sufrir la injusticia, el mal; pero que el mal es mayor que el bien. Y así, cuando los hombres han hecho y sufrido injusticia y han tenido experiencia de ambas, no pudiendo evitar una y obtener la otra, piensan que es mejor ponerse de acuerdo entre ellos para no tener ninguna; de ahí surgen leyes y convenios mutuos; y lo que está ordenado por la ley es llamado por ellos lícito y justo. Esto afirman que es el origen y naturaleza de la justicia; es un medio o compromiso, entre lo mejor de todo, que es hacer injusticia y no ser castigado, y lo peor de todo, que es sufrir injusticia sin el poder de represalia; y la justicia, estando en un punto medio entre los dos, es tolerada no como un bien, sino como un mal menor, y honrada en razón de la incapacidad de los hombres para cometer injusticia. Porque ningún hombre que sea digno de ser llamado hombre se sometería jamás a tal acuerdo si pudiera resistir; estaría enojado si lo hiciera. Tal es el relato recibido, Sócrates, de la naturaleza y origen de la justicia.

La teoría del contrato social también aparece en Critón , otro diálogo de Platón. Con el tiempo, la teoría del contrato social se generalizó después de que Epicuro (341-270 a. C.), el primer filósofo que vio la justicia como un contrato social, y no como existente en la Naturaleza debido a la intervención divina (ver más abajo y también la ética epicúrea), decidió llevar la teoría al frente de su sociedad. Con el paso del tiempo, los filósofos del pensamiento político y social tradicional, como Locke, Hobbes y Rousseau, expusieron sus opiniones sobre el contrato social, lo que hizo que el tema se volviera mucho más convencional.

Pensamiento clásico

Las formulaciones de contratos sociales se conservan en muchos de los registros más antiguos del mundo. El texto budista indio del siglo II a. C., Mahāvastu, relata la leyenda de Mahasammata. La historia es la siguiente:

En los primeros días del ciclo cósmico, la humanidad vivía en un plano inmaterial, bailando en el aire en una especie de país de las hadas, donde no había necesidad de comida ni ropa, ni propiedad privada, familia, gobierno o leyes. Luego, gradualmente, el proceso de descomposición cósmica comenzó a funcionar, y la humanidad quedó atada a la tierra y sintió la necesidad de alimento y refugio. A medida que los hombres perdían su gloria primigenia, surgían distinciones de clase y entraban en acuerdos entre sí, aceptando la institución de la propiedad privada y la familia. Con este robo, el asesinato, el adulterio y otros delitos comenzaron, y así la gente se reunió y decidió nombrar a un hombre de entre ellos para mantener el orden a cambio de una parte del producto de sus campos y ganados. Fue llamado "el Gran Elegido" (Mahasammata),

En sus edictos sobre rocas, se dice que el rey budista indio Asoka abogó por un contrato social amplio y de largo alcance. El vinaya budista también refleja los contratos sociales que se esperan de los monjes; uno de esos casos es cuando la gente de cierta ciudad se quejó de que los monjes talaban árboles saka, el Buda les dice a sus monjes que deben detenerse y ceder ante las normas sociales.

Epicuro en el siglo IV a. C. parecía haber tenido un fuerte sentido del contrato social, con la justicia y la ley arraigadas en el acuerdo y la ventaja mutuos, como lo demuestran estas líneas, entre otras, de sus Doctrinas principales (ver también Ética epicúrea):

31. La justicia natural es prenda de beneficio recíproco, para impedir que un hombre perjudique o sea perjudicado por otro.

32. Aquellos animales que son incapaces de hacer acuerdos vinculantes entre sí para no infligir ni sufrir daño no tienen ni justicia ni injusticia; e igualmente para aquellos pueblos que no pudieron o no quisieron formar acuerdos vinculantes para no infligir ni sufrir daño.

33. Nunca hubo tal cosa como la justicia absoluta, sino sólo acuerdos hechos en tratos mutuos entre los hombres en cualquier lugar y en varios momentos previendo en contra de infligir o sufrir daño.

Desarrollos renacentistas

Quentin Skinner ha argumentado que varias innovaciones críticas modernas en la teoría del contrato se encuentran en los escritos de los calvinistas y hugonotes franceses, cuyo trabajo a su vez fue invocado por escritores de los Países Bajos que se opusieron a su sujeción a España y, más tarde aún, por los católicos en Inglaterra. Francisco Suárez (1548-1617), de la Escuela de Salamanca, podría considerarse uno de los primeros teóricos del contrato social, teorizando la ley natural en un intento de limitar el derecho divino de la monarquía absoluta. Todos estos grupos fueron llevados a articular nociones de soberanía popular por medio de un pacto o contrato social, y todos estos argumentos comenzaron con argumentos de proto-"estado de naturaleza", en el sentido de que la base de la política es que todos son por naturaleza libre de sujeción a cualquier gobierno.

Estos argumentos, sin embargo, se basaron en una teoría corporativista que se encuentra en el derecho romano, según la cual "un populus" puede existir como una entidad legal distinta. Por lo tanto, estos argumentos sostenían que un grupo de personas puede unirse a un gobierno porque tiene la capacidad de ejercer una sola voluntad y tomar decisiones con una sola voz en ausencia de una autoridad soberana, una noción rechazada por Hobbes y posteriores teóricos del contrato.

Filósofos

Leviatán de Thomas Hobbes (1651)

El primer filósofo moderno que articuló una teoría detallada del contrato fue Thomas Hobbes (1588-1679). Según Hobbes, las vidas de los individuos en el estado de naturaleza eran "solitarias, pobres, desagradables, brutales y cortas", un estado en el que el interés propio y la ausencia de derechos y contratos impedían lo "social" o la sociedad. La vida era "anárquica" (sin liderazgo ni concepto de soberanía). Los individuos en el estado de naturaleza eran apolíticos y asociales. A este estado de naturaleza le sigue el contrato social.

El contrato social fue visto como un "acontecimiento" durante el cual los individuos se unieron y cedieron algunos de sus derechos individuales para que otros cedieran los suyos. Esto resultó en el establecimiento del estado, una entidad soberana como solían ser los individuos ahora bajo su dominio, que crearía leyes para regular las interacciones sociales. La vida humana ya no era, pues, "una guerra de todos contra todos".

Sin embargo, el sistema estatal, que surgió del contrato social, también era anárquico (sin liderazgo). Así como los individuos en el estado de naturaleza habían sido soberanos y, por lo tanto, guiados por el interés propio y la ausencia de derechos, los estados ahora actuaban en su propio interés en competencia entre sí. Al igual que el estado de naturaleza, los estados estaban obligados a estar en conflicto porque no había ningún soberano por encima del estado (más poderoso) capaz de imponer algún sistema como las leyes de contratos sociales a todos por la fuerza. De hecho, el trabajo de Hobbes ayudó a servir como base para las teorías realistas de las relaciones internacionales, propuestas por EH Carr y Hans Morgenthau. Hobbes escribió en Leviatánque los humanos ("nosotros") necesitamos el "terror de algún Poder", de lo contrario, los humanos no prestarán atención a la ley de reciprocidad, "(in summe) haciendo a los demás lo que nos harían a nosotros".

Segundo tratado de gobierno de John Locke (1689)

La concepción del contrato social de John Locke difería de la de Hobbes en varios aspectos fundamentales, reteniendo sólo la noción central de que las personas en un estado de naturaleza estarían dispuestas a unirse para formar un estado. Locke creía que los individuos en un estado natural estarían moralmente obligados, por la Ley de la Naturaleza, a no dañarse unos a otros en sus vidas o posesiones. Sin un gobierno que los defienda de quienes buscan herirlos o esclavizarlos, Locke creía además que las personas no tendrían seguridad en sus derechos y vivirían con miedo. Los individuos, para Locke, solo aceptarían formar un estado que proporcionaría, en parte, un "juez neutral", que actuaría para proteger la vida, la libertad y la propiedad de quienes vivieran dentro de él.

Mientras Hobbes abogaba por una autoridad casi absoluta, Locke abogaba por la libertad inviolable bajo la ley en su Segundo Tratado de Gobierno . Locke argumentó que la legitimidad de un gobierno proviene de la delegación de los ciudadanos al gobierno de su derecho absoluto a la violencia (reservándose el derecho inalienable de legítima defensa o "autopreservación"), junto con elementos de otros derechos (por ejemplo, la propiedad será responsable a los impuestos) según sea necesario para lograr el objetivo de la seguridad mediante la concesión al estado del monopolio de la violencia, mediante el cual el gobierno, como juez imparcial, puede usar la fuerza colectiva del populacho para administrar y hacer cumplir la ley, en lugar de que cada hombre actúe como tal. su propio juez, jurado y verdugo: la condición en el estado de naturaleza.

El contrato social de Jean-Jacques Rousseau (1762)

Jean-Jacques Rousseau (1712-1778), en su influyente tratado de 1762 El contrato social, esbozó una versión diferente de la teoría del contrato social, como los cimientos de la sociedad basada en la soberanía de la "voluntad general".

La teoría política de Rousseau difiere en aspectos importantes de la de Locke y Hobbes. La concepción colectivista de Rousseau es más evidente en su desarrollo de la "concepción luminosa" (que atribuye a Denis Diderot) de la "voluntad general". Resumiendo, la 'voluntad general' es el poder del interés colectivo de todos los ciudadanos, que no debe confundirse con sus intereses individuales.

Aunque Rousseau escribió que los británicos eran quizás en ese momento la gente más libre del mundo, no aprobaba su gobierno representativo, ni ninguna forma de gobierno representativo. Rousseau creía que la sociedad sólo era legítima cuando los soberanos (es decir, la 'voluntad general') eran los únicos legisladores. También afirmó que el individuo debe aceptar “la enajenación total a toda la comunidad de cada asociado con todos sus derechos”. En resumen, Rousseau quiso decir que para que el contrato social funcione, los individuos deben renunciar a sus derechos a la totalidad para que tales condiciones sean "iguales para todos".

[El contrato social] puede reducirse a los siguientes términos: Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la dirección suprema de la voluntad general; y en un cuerpo recibimos cada miembro como parte indivisible del todo.

La llamativa frase de Rousseau de que el hombre debe "ser obligado a ser libre" debe entenderse así: ya que la soberanía popular indivisible e inalienable decide lo que es bueno para el conjunto, si un individuo rechaza esta "libertad civil" en lugar de la "libertad natural". y el interés propio, desobedeciendo la ley, se verá obligado a escuchar lo que se decidió cuando el pueblo actuó como colectivo (como ciudadanos). Así, la ley, en cuanto creada por el pueblo actuando como un cuerpo, no es una limitación de la libertad individual, sino su expresión. El individuo, como ciudadano, acepta explícitamente ser obligado si; como individuo privado, no respetó su propia voluntad tal como está formulada en la voluntad general.

Debido a que las leyes representan la restricción de la "libertad natural", representan el salto hecho de los humanos en el estado de naturaleza a la sociedad civil. En este sentido, la ley es una fuerza civilizadora. Por eso Rousseau creía que las leyes que gobiernan a un pueblo ayudan a moldear su carácter.

Rousseau también analiza el contrato social en términos de gestión de riesgos, sugiriendo así los orígenes del estado como una forma de seguro mutuo.

El contrato social individualista de Pierre-Joseph Proudhon (1851)

Si bien el contrato social de Rousseau se basa en la soberanía popular y no en la soberanía individual, existen otras teorías defendidas por individualistas, libertarios y anarquistas que no implican aceptar nada más que derechos negativos y crean solo un estado limitado, si lo hay.

Pierre-Joseph Proudhon (1809–1865) abogó por una concepción del contrato social que no implicaba que un individuo cediera la soberanía a otros. Según él, el contrato social no era entre los individuos y el Estado, sino entre los individuos que se abstenían de coaccionarse o gobernarse entre sí, manteniendo cada uno la plena soberanía sobre sí mismo:

¿Qué es realmente el Contrato Social? ¿Un acuerdo del ciudadano con el gobierno? No, eso significaría sino la continuación de la idea [de Rousseau]. El contrato social es un acuerdo del hombre con el hombre; un acuerdo del que debe resultar lo que llamamos sociedad. En esto, la noción de justicia conmutativa, presentada por primera vez por el hecho primitivo del intercambio, ... se sustituye por la de justicia distributiva ... Traduciendo estas palabras, contrato, justicia conmutativa, que son el lenguaje de la ley, en el lenguaje de los negocios, y tenéis el comercio, es decir, en su más alto significado, el acto por el cual hombre y hombre se declaran esencialmente productores, y abdican de toda pretensión de gobernarse mutuamente.—  Pierre-Joseph Proudhon, Idea general de la revolución en el siglo XIX (1851)

La teoría de la justicia de John Rawls (1971)

Sobre la base del trabajo de Immanuel Kant con su presunción de límites en el estado, John Rawls (1921-2002), en A Theory of Justice (1971), propuso un enfoque contractualista mediante el cual las personas racionales en una hipotética "posición original" dejarían de lado sus preferencias y capacidades individuales bajo un "velo de ignorancia" y aceptan ciertos principios generales de justicia y organización jurídica. Esta idea también se utiliza como una formalización teórica de juegos de la noción de equidad.

Moral por acuerdo de David Gauthier (1986)

La teoría "neo-hobbesiana" de David Gauthier sostiene que la cooperación entre dos partes independientes y egoístas es posible, especialmente cuando se trata de comprender la moralidad y la política. Gauthier señala en particular las ventajas de la cooperación entre dos partes cuando se trata del desafío del dilema del prisionero. Él propone que, si las dos partes se apegaran al acuerdo original acordado y la moral descrita en el contrato, ambas experimentarían un resultado óptimo. En su modelo para el contrato social, factores que incluyen la confianza, la racionalidad y el interés propio mantienen a cada parte honesta y las disuaden de romper las reglas.

El republicanismo de Philip Pettit (1997)

Philip Pettit (n. 1945) ha argumentado, en Republicanism: A Theory of Freedom and Government (1997), que la teoría del contrato social, clásicamente basada en el consentimiento de los gobernados, debería modificarse. En lugar de defender el consentimiento explícito, que siempre puede fabricarse, Pettit argumenta que la ausencia de una rebelión efectiva contra él es la única legitimidad de un contrato.

Crítica

Consentimiento de los gobernados

Uno de los primeros críticos de la teoría del contrato social fue el amigo de Rousseau, el filósofo David Hume, quien en 1742 publicó un ensayo "De la libertad civil". La segunda parte de este ensayo, titulada "Del contrato original", destaca que el concepto de "contrato social" es una ficción conveniente:

Como ningún partido, en la época actual, bien puede sostenerse sin un sistema filosófico o especulativo de principios anexados a su sistema político o práctico; encontramos, pues, que cada una de las facciones en que se divide esta nación ha levantado un entramado de la primera especie, para proteger y encubrir el esquema de acciones que persigue. ... El único partido [los defensores del derecho absoluto y divino de los reyes, o Tories], al atribuir el gobierno a la DEIDAD, se esfuerzan por hacerlo tan sagrado e inviolable que debe ser poco menos que un sacrilegio, por muy tiránico que sea. volverse, tocarlo o invadirlo en el más mínimo artículo. El otro partido [los whigs, o creyentes en la monarquía constitucional],—  David Hume, "Sobre la libertad civil" [II.XII.1]

Hume argumentó que el consentimiento de los gobernados era la base ideal sobre la que debería descansar un gobierno, pero que en realidad no había ocurrido de esta manera en general.

Mi intención aquí no es excluir el consentimiento del pueblo de ser un fundamento justo de gobierno donde tiene lugar. Seguramente es el mejor y más sagrado de todos. Sólo sostengo que muy rara vez ha tenido lugar en algún grado y nunca casi en toda su extensión. Y que, por lo tanto, también debe admitirse algún otro fundamento de gobierno.—  Ibíd. II.XII.20

Derecho natural y constitucionalismo

El erudito legal Randy Barnett ha argumentado que, si bien la presencia en el territorio de una sociedad puede ser necesaria para el consentimiento, esto no constituye un consentimiento para todas las reglas que la sociedad pueda establecer, independientemente de su contenido. Una segunda condición del consentimiento es que las reglas sean consistentes con los principios subyacentes de justicia y la protección de los derechos naturales y sociales, y cuenten con procedimientos para la protección efectiva de esos derechos (o libertades). Esto también ha sido discutido por O.  A. Brownson, quien argumentó que, en cierto sentido, están involucradas tres "constituciones": primero, la constitución de la naturaleza que incluye todo lo que los Fundadores llamaron "ley natural"; segundo, la constitución de la sociedad, un conjunto de reglas no escritas y comúnmente entendidas para la sociedad formada por un contrato social antes de que establezca un gobierno, por el cual establece el tercero, una constitución de gobierno . Para consentir, es condición necesaria que las normas sean constitucionales en ese sentido.

Consentimiento tácito

La teoría de un contrato social implícito sostiene que al permanecer en el territorio controlado por alguna sociedad, que generalmente tiene un gobierno, las personas dan su consentimiento para unirse a esa sociedad y ser gobernadas por su gobierno, si lo hubiera. Este consentimiento es lo que da legitimidad a tal gobierno.

Otros escritores han argumentado que el consentimiento para unirse a la sociedad no es necesariamente el consentimiento para su gobierno. Para eso, el gobierno debe establecerse de acuerdo con una constitución de gobierno que sea consistente con las constituciones superiores no escritas de la naturaleza y la sociedad.

Consentimiento explícito

La teoría de un contrato social implícito también se rige por los principios del consentimiento explícito. La principal diferencia entre el consentimiento tácito y el consentimiento explícito es que el consentimiento explícito está destinado a no dejar lugar a malas interpretaciones. Además, debe indicar directamente qué es lo que desea y la persona debe responder de manera concisa que confirme o niegue la proposición.

Los contratos deben ser consensuados

De acuerdo con la teoría de la voluntad del contrato, un contrato no se presume válido a menos que todas las partes lo acepten voluntariamente, ya sea tácita o explícitamente, sin coerción. Lysander Spooner, un abogado del siglo XIX que argumentó ante la Corte Suprema y defensor acérrimo de un derecho de contrato entre individuos, argumentó en su ensayo No Treason que un supuesto contrato social no puede usarse para justificar acciones gubernamentales como los impuestos porque el gobierno iniciará fuerza contra cualquiera que no desee celebrar tal contrato. En consecuencia, sostiene que dicho acuerdo no es voluntario y, por lo tanto, no puede considerarse en absoluto un contrato legítimo. Abolicionista, hizo argumentos similares sobre la inconstitucionalidad de la esclavitud en los Estados Unidos.

El derecho angloamericano moderno, al igual que el derecho civil europeo, se basa en una teoría de la voluntad del contrato, según la cual todos los términos de un contrato son vinculantes para las partes porque eligen esos términos por sí mismos. Esto era menos cierto cuando Hobbes escribió Leviatán; en ese momento se le dio más importancia a la consideración, lo que significaba un intercambio mutuo de beneficios necesarios para la formación de un contrato válido, y la mayoría de los contratos tenían términos implícitos que surgían de la naturaleza de la relación contractual más que de las elecciones hechas por las partes. En consecuencia, se ha argumentado que la teoría del contrato social es más consistente con el derecho contractual de la época de Hobbes y Locke que con el derecho contractual de nuestro tiempo, y que ciertas características del contrato social que nos parecen anómalas, como la La creencia de que estamos obligados por un contrato formulado por nuestros antepasados ​​lejanos no habría parecido tan extraña a los contemporáneos de Hobbes como a nosotros.