Código Civil
Artículo 909o. Servidumbre de medianeria

La medianería es una servidumbre legal, en virtud de la cual los dueños de dos predios vecinos que tienen paredes, fosos o cercas divisorias comunes, están sujetos a las obligaciones recíprocas que van a expresarse.

Colombia Art. 909 CC

Jurispridencia
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