Código Civil
Artículo 401o. Efectos del fallo de legitimidad
El fallo judicial que declara verdadera o falsa la legitimidad del hijo, no sólo vale respecto de las personas que han intervenido en el juicio, sino respecto de todos, relativamente a los efectos que dicha legitimidad acarrea.
La misma regla deberá aplicarse al fallo que declara ser verdadera o falsa una maternidad que se impugna.
Colombia Art. 401 CC
Jurispridencia
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