Código Civil
Artículo 2485o. Limitacion de la renuncia general de derechos al objeto que se transige
Si la transacción recae sobre uno o más objetos específicos, la renuncia general de todo derecho, acción o pretensión, deberá sólo entenderse de los derechos, acciones o pretensiones relativas al objeto u objetos sobre que se transige.
Colombia Art. 2485 CC
Jurispridencia
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