Código Civil
Artículo 2340o. Causales de terminacion de la comunidad

La comunidad termina:

1. Por la reunión de las cuotas de todos los comuneros en una sola persona.

2. Por la destrucción de la cosa común.

3. Por la división del haber común.

RESPONSABILIDAD COMUN POR LOS DELITOS Y LAS CULPAS

Colombia Art. 2340 CC

Jurispridencia
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