Código Civil
Artículo 2147o. Simple recomendacion

La simple recomendación de negocios ajenos no es, en general, mandato; el juez decidirá según las circunstancias, si los términos de la recomendación envuelven mandato. En caso de duda se entenderá recomendación.

Colombia Art. 2147 CC

Jurispridencia
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