Código Civil
Artículo 2064o. Servicios inmateriales

Los servicios inmateriales que consisten en una larga serie de actos, como los de los escritores asalariados para la prensa, secretarios de personas privadas, preceptores, ayas, histriones y cantores, se sujetan a las reglas especiales que siguen.

Colombia Art. 2064 CC

Jurispridencia
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