Código Civil
Artículo 1900o. Extencion de las normas a otras situaciones del comprador

Lo dispuesto en el artículo anterior y en los siguientes a éste, es aplicable también al comprador que para poder excluir la cosa comprada de una ejecución o un concurso de acreedores contra un tercero, o para recobrar la posesión de la misma cosa, cuando la ha perdido sin culpa, tiene que presentarse como demandante en el juicio correspondiente.

Colombia Art. 1900 CC

Jurispridencia
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