Código Civil
Artículo 1771o. Definicion de capitulaciones matrimoniales

Se conocen con el nombre de capitulaciones matrimoniales las convenciones que celebran los esposos antes de contraer matrimonio, relativas a los bienes que aportan a él, y a las donaciones y concesiones que se quieran hacer el uno al otro, de presente o futuro.

Colombia Art. 1771 CC

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