Código Civil
Artículo 1756o. Capacidad para ratificar
No vale la ratificación expresa o tácita del que no es capaz de contratar.
DE LA PRUEBA DE OBLIGACIONES
Colombia Art. 1756 CC
Jurispridencia
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No vale la ratificación expresa o tácita del que no es capaz de contratar.
DE LA PRUEBA DE OBLIGACIONES
Colombia Art. 1756 CC