Código Civil
Artículo 1623o. Interpretacion de la inclusion de casos dentro del contrato

Cuando en un contrato se ha expresado un caso para explicar la obligación, no se entenderá por solo eso haberse querido restringir la convención a ese caso, excluyendo los otros a que naturalmente se extienda.

Colombia Art. 1623 CC

Jurispridencia
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