Código Civil
Artículo 1605o. Obligacion de dar

La obligación de dar contiene la de entregar la cosa; y si ésta es una especie o cuerpo cierto, contiene, además, la de conservarla hasta la entrega, so pena de pagar los perjuicios al acreedor que no se ha constituido en mora de recibir.

Colombia Art. 1605 CC

Jurispridencia
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