Código Civil
Artículo 1452o. Inexistencia de donaciones en el comodato y mutuo sin interes

No hay donación en el comodato de un objeto cualquiera, aunque su uso o goce costumbre a darse en arriendo.

Tampoco lo hay en el mutuo sin interés.

Pero lo hay en la remisión o cesión del derecho de percibir los réditos de un capital colocado a interés o a censo.

Colombia Art. 1452 CC

Jurispridencia
Comentarios