Código Civil
Artículo 1392o. Peritazgo sobre el valor de las especies

El valor de tasación por peritos será la base sobre que procederá el partidor para la adjudicación de las especies; salvo que los coasignatarios hayan legítima y unánimemente convenido en otra, o en que se liciten las especies, en los casos previstos por la ley.

Colombia Art. 1392 CC

Jurispridencia
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