Código Civil
Artículo 1275o. Objeto de reclamo de la accion de reforma

En general, lo que por ley corresponde a los legitimarios, y lo que tienen derecho a reclamar por la acción de reforma, es su legítima rigurosa. El legitimario que ha sido indebidamente desheredado tendrá, además, derecho para que subsistan las donaciones entre vivos y comprendidas en la desheredación

Colombia Art. 1275 CC

Jurispridencia
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