Código Civil
Artículo 1058o. Papeles y documentos referidos en el testamento
Las cédulas o papeles a que se refiera el testador en el testamento, no se mirarán como partes de éste, aunque el testador lo ordene; ni valdrán más de lo que sin esta circunstancia valdrían.
Colombia Art. 1058 CC
Jurispridencia
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