Código Civil
Artículo 1010o. Asignaciones por causa de muerte

Se llaman asignaciones por causa de muerte las que hace la ley o el testamento de una persona difunta, para suceder en sus bienes.

Con la palabra asignaciones se significan en este libro las asignaciones por causa de muerte, ya las haga el hombre o la ley.

Asignatario es la persona a quien se hace la asignación.

Colombia Art. 1010 CC

Jurispridencia
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