Código Civil
Artículo 1010o. Asignaciones por causa de muerte
Se llaman asignaciones por causa de muerte las que hace la ley o el testamento de una persona difunta, para suceder en sus bienes.
Con la palabra asignaciones se significan en este libro las asignaciones por causa de muerte, ya las haga el hombre o la ley.
Asignatario es la persona a quien se hace la asignación.
Colombia Art. 1010 CC
Jurispridencia
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