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Ley del Seguro Social
Artículo 7

Artículo 7. El Seguro Social cubre las contingencias y proporciona los servicios que se especifican a propósito de cada régimen particular, mediante prestaciones en especie y en dinero, en las formas y condiciones previstas por esta Ley y sus reglamentos.

México Artículo 7 Ley del Seguro Social (LSS).

Explicación
Normatividad
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