I. Medicina familiar;
II. Medicina de especialidades;
III. Gerontológico y geriátrico;
IV. Traumatología y urgencias;
V. Oncológico;
VI. Quirúrgico, y
VII. Extensión hospitalaria.
Federal de México Artículo 35 Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
México Artículo 35 Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (LISSSTE).