I.Consejo: Consejo de Seguridad Nacional.
II.Instancias: Instituciones y autoridades que en función de sus atribuciones participen directa o indirectamente en la Seguridad Nacional.
III.Red: Red Nacional de Investigación.
IV.Centro: Centro de Investigación y Seguridad Nacional, y
V.Información gubernamental confidencial: los datos personales otorgados a una instancia por servidores públicos, así como los datos personales proporcionados al Estado Mexicano para determinar o prevenir una amenaza a la Seguridad Nacional.
Federal de México Artículo 6 Ley de Seguridad Nacional
México Artículo 6 Ley de Seguridad Nacional (LSN).