Las organizaciones ganaderas a las que se refiere esta Ley, serán consideradas de interés público, por lo que tanto el Gobierno Federal como los gobiernos de las entidades federativas y municipios, les darán todo su apoyo para la realización del objeto señalado en el artículo 5o. de este ordenamiento.
Federal de México Artículo 3o Ley de Organizaciones Ganaderas
México Artículo 3 Ley de Organizaciones Ganaderas (LOG).