Salvo disposición en contrario de la presente ley, el asegurado o el beneficiario gozarán de un plazo máximo de cinco días para el aviso que deberá ser por escrito si en el contrato no se estipula otra cosa.
Federal de México Artículo 66 Ley Sobre el Contrato de Seguro
México Artículo 66 Ley Sobre el Contrato de Seguro (LSCS).