Artículo 269. Las modificaciones a los estatutos sociales se decidirán por mayoría de votos.
En cualquier momento los accionistas podrán acordar formas de organización y administración distintas a la contemplada en este Capítulo; siempre y cuando los accionistas celebren ante fedatario público la transformación de la sociedad por acciones simplificada a cualquier otro tipo de sociedad mercantil, conforme a las disposiciones de esta Ley.
Federal de México Artículo 269 Ley General de Sociedades Mercantiles
México Artículo 269 Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).