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Ley General de Sociedades Cooperativas
Artículo 2

La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.

Federal de México Artículo 2 Ley General de Sociedades Cooperativas

México Artículo 2 Ley General de Sociedades Cooperativas (LGSC).

Explicación
Normatividad
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