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Ley General de Salud
Artículo 51_Bis_3

Artículo 51_Bis_3. Las quejas que los usuarios presenten por la atención médica recibida, deberán ser atendidas y resueltas en forma oportuna y efectiva por los prestadores de servicios de salud o por las instancias que las instituciones de salud tengan definidas para tal fin, cuando la solución corresponda a su ámbito de competencia.

Federal de México Artículo 51 Bis 3 Ley General de Salud

México Artículo 51_Bis_3 Ley General de Salud (LGS).

Explicación
Normatividad
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