Artículo 53. Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:
I.El mutuo consentimiento de las partes;
II.La muerte del trabajador;
III.La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los artículos 36, 37 y 38;
IV.La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo; y
V.Los casos a que se refiere el artículo 434.
México Artículo 53 Ley Federal del Trabajo (LFT).