auto_stories

Ley Federal del Trabajo
Artículo 450

Artículo 450. La huelga deberá tener por objeto:

I.Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital;

II.Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título Séptimo;

III.Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Título Séptimo;

IV.Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que hubiese sido violado;

V.Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades;

VI.Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores; y

VII.Exigir la revisión de los salarios contractuales a que se refieren los artículo 399 bis y 419 bis.

México Artículo 450 Ley Federal del Trabajo (LFT).

Explicación
Normatividad
Comentarios