Artículo 39E. Cuando concluyan los periodos a prueba o de capacitación inicial y subsista la relación de trabajo, ésta se considerará por tiempo indeterminado y el tiempo de vigencia de aquellos se computará para efectos del cálculo de la antigüedad.
Federal de México Artículo 39-E Ley Federal del Trabajo
México Artículo 39E Ley Federal del Trabajo (LFT).