Artículo 153F. Las autoridades laborales cuidarán que las Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad se integren y funcionen oportuna y normalmente, vigilando el cumplimiento de sus obligaciones.
Federal de México Artículo 153-F Ley Federal del Trabajo
México Artículo 153F Ley Federal del Trabajo (LFT).