auto_stories

Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo 44

Los permisos son intransferibles.

Los generales tendrán vigencia durante el año en que se expidan, y podrán ser revalidados a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional.

Los ordinarios y extraordinarios tendrán la vigencia que se señale en cada caso concreto.

Federal de México Artículo 44 Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

México Artículo 44 Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (LFAFE).

Explicación
Normatividad
Comentarios