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Código Civil Federal
Artículo 2307

Artículo 2307. Cuando el objeto sobre que se tiene derecho de preferencia se venda en subasta pública, debe hacerse saber al que goza de ese derecho, el día, hora y el lugar en que se verificará el remate.

México Artículo 2307 Código Civil Federal (CCF).

Explicación
Normatividad
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