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Código Civil Federal
Artículo 19

Artículo 19. Las controversias judiciales del orden civil deberán resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica. A falta de ley se resolverán conforme a los principios generales de derecho.

México Artículo 19 Código Civil Federal (CCF).

Explicación
Normatividad
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