Convención de Viena
Artículo 54

Artículo 54. Terminacion de un tratado o retiro de el en virtud de sus disposiciones o por consentimiento de las partes.- La terminación de un tratado o el retiro de una Parte podrán tener lugar:

a) Conforme a las disposiciones del tratado; o

b) En cualquier momento, por consentimiento de todas las Partes después de consultar a los Estados contratantes y a las organizaciones contratantes.

Colombia Art. 54 Se aprueba la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados internacionales o entre organizaciones internacionales, hecha en Viena el 21 de marzo de 1986

Internacional Artículo 54 Convención de Viena (CV).

Explicación
Jurispridencia
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