Artículo 68. Mantenimiento del contrato de trabajo.- La sola sustitución de {empleadores} no extingue, suspende ni modifica los contratos de trabajo existentes.
Colombia Artículo 68 Código Sustantivo del Trabajo (CST).
Artículo 68. Mantenimiento del contrato de trabajo.- La sola sustitución de {empleadores} no extingue, suspende ni modifica los contratos de trabajo existentes.
Colombia Artículo 68 Código Sustantivo del Trabajo (CST).