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Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 166

Artículo 166. Trabajo sin solucion de continuidad.- También puede elevarse el límite máximo de horas de trabajo establecido en el artículo 161, en aquellas labores que por razón de su misma naturaleza necesiten ser atendidas sin solución de continuidad, por turnos sucesivos de trabajadores, pero en tales casos las horas de trabajo no pueden exceder de cincuenta y seis (56) por semana.

Colombia Artículo 166 Código Sustantivo del Trabajo (CST).

Explicación
Normatividad
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