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Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 106

Artículo 106. Elaboracion.- El {empleador} puede elaborar el reglamento sin intervención ajena, salvo lo dispuesto en pacto, convención colectiva, fallo arbitral o acuerdo con sus trabajadores.

Colombia Artículo 106 Código Sustantivo del Trabajo (CST).

Explicación
Normatividad
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