Artículo 3: Principios de las sanciones penales.- La imposición de la pena o de la medida de seguridad responderá a los principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad.
El principio de necesidad se entenderá en el marco de la prevención y conforme a las instituciones que la desarrollan.
Colombia, Artículo 3 Código Penal (CP).