Artículo 2. Código Penal
Integracion

Artículo 2: Integracion.- Las normas y postulados que sobre derechos humanos se encuentren consignados en la Constitución Política, en los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia, harán parte integral de este código.

Colombia, Artículo 2 Código Penal (CP).

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