Código Penal
23 de julio de 2000
Por la cual se expide el Código Penal.
- Artículo 1. Dignidad humana
- Artículo 2. Integracion
- Artículo 3. Principios de las sanciones penales
- Artículo 4. Funciones de la pena
- Artículo 5. Funciones de la medida de seguridad
- Artículo 6. Legalidad
- Artículo 7. Igualdad
- Artículo 8. Prohibicion de doble incriminacion
- Artículo 9. Conducta punible
- Artículo 10. Tipicidad
- Artículo 11. Antijuridicidad
- Artículo 12. Culpabilidad
- Artículo 13. Normas rectoras y fuerza normativa
- Artículo 14. Territorialidad
- Artículo 15. Territorialidad por extension
- Artículo 16. Extraterritorialidad
- Artículo 17. Sentencia extranjera
- Artículo 18. Extradicion
- Artículo 19. Delitos y contravenciones
- Artículo 20. Servidores publicos
- Artículo 21. Modalidades de la conducta punible
- Artículo 22. Dolo
- Artículo 23. Culpa
- Artículo 24.
- Artículo 25. Accion y omision
- Artículo 26. Tiempo de la conducta punible
- Artículo 27. Tentativa
- Artículo 28. Concurso de personas en la conducta punible
- Artículo 29. Autores
- Artículo 30. Participes
- Artículo 31. Concurso de conductas punibles
- Artículo 32. Ausencia de responsabilidad
- Artículo 33. Inimputabilidad
- Artículo 33A. Medidas en caso de declaratoria de inimputabilidad
- Artículo 34. De las penas
- Artículo 35. Penas principales
- Artículo 36. Penas sustitutivas
- Artículo 37. La prision
- Artículo 38. La prision domiciliaria como sustitutiva de la prision
- Artículo 38A. Sistemas de vigilancia electrónica como sustitutivos de la prisión
- Artículo 38B. Requisitos para conceder la prisión domiciliaria
- Artículo 38C. Control de la medida de prisión domiciliaria
- Artículo 38D. Ejecución de la medida de prisión domiciliaria
- Artículo 38E. Redención de pena durante la prisión domiciliaria
- Artículo 38F. Pago del mecanismo de vigilancia electrónica
- Artículo 38G.
- Artículo 38H. Prestación de servicios de utilidad pública como sustitutiva de la prisión
- Artículo 38I. Requisitos para conceder la prestación de servicios de utilidad pública como sustitutiva de la prisión
- Artículo 38J. Ejecución de la medida de prestación de servicios de utilidad pública como sustitutiva de la prisión
- Artículo 38K. Sustitución de la ejecución de la pena de prisión por la prestación de servicio de utilidad pública
- Artículo 38L. Control de la medida de prestación de servicios de utilidad pública como sustitutiva de la prisión
- Artículo 38M. Requisitos Adicionales A La Prestación De Servicio De Utilidad Pública
- Artículo 38N. Faltas en la prestación del servicio de utilidad pública
- Artículo 38N1. Extinción de la pena de prestación de servicios de utilidad pública
- Artículo 39. La multa
- Artículo 40. Conversion de la multa en arrestos progresivos
- Artículo 41. Ejecucion coactiva
- Artículo 42. Destinacion
- Artículo 43. Las penas privativas de otros derechos
- Artículo 44. La inhabilitacion para el ejercicio de derechos y funciones publicas
- Artículo 45. La perdida de empleo o cargo publico
- Artículo 46. La inhabilitacion para el ejercicio de profesion arte oficio industria o comercio
- Artículo 47. La inhabilitacion para el ejercicio de la patria potestad tutela y curaduria
- Artículo 48. La privacion del derecho a conducir vehiculos automotores y motocicletas
- Artículo 49. La privacion del derecho a la tenencia y porte de arma
- Artículo 50. La privacion del derecho a residir o de acudir a determinados lugares
- Artículo 51. Duracion de las penas privativas de otros derechos
- Artículo 52. Las penas accesorias
- Artículo 53. Cumplimiento de las penas accesorias
- Artículo 54. Mayor y menor punibilidad
- Artículo 55. Circunstancias de menor punibilidad
- Artículo 56.
- Artículo 57. Ira o intenso dolor
- Artículo 58. Circunstancias de mayor punibilidad
- Artículo 59. Motivacion del proceso de individualizacion de la pena
- Artículo 60. Parametros para la determinacion de los minimos y maximos aplicables
- Artículo 61. Fundamentos para la individualizacion de la pena
- Artículo 62. Comunicabilidad de circunstancias
- Artículo 63. Suspensión de la ejecución de la pena
- Artículo 64. Libertad condicional
- Artículo 65. Obligaciones
- Artículo 66. Revocacion de la suspension de la ejecucion condicional de la pena y de la libertad condicional
- Artículo 67. Extincion y liberacion
- Artículo 68. Reclusion domiciliaria u hospitalaria por enfermedad muy grave
- Artículo 68A. Exclusión de los beneficios y subrogados penales
- Artículo 68B. Revisión de la pena por evaluación de resocialización de la prisión perpetua
- Artículo 68C. Plan individual de resocialización
- Artículo 69. Medidas de seguridad
- Artículo 70. Internacion para inimputable por trastorno mental permanente
- Artículo 71. Internacion para inimputable por trastorno mental transitorio con base patologica
- Artículo 72. La internacion en casa de estudio o de trabajo
- Artículo 73. La reintegracion al medio cultural propio
- Artículo 74. Libertad vigilada
- Artículo 75. Trastorno mental transitorio sin base patologica
- Artículo 76. Medida de seguridad en casos especiales
- Artículo 77. Control judicial de las medidas
- Artículo 78. Revocacion de la suspension condicional
- Artículo 79. Suspension o cesacion de las medidas de seguridad
- Artículo 80. Computo de la internacion preventiva
- Artículo 81. Restriccion de otros derechos a los inimputables