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Código Civil
Artículo 762

Artículo 762. Definicion de posesion.- La posesión es la tenencia de una cosa determinada con ánimo de señor o dueño, sea que el dueño o el que se da por tal, tenga la cosa por sí mismo, o por otra persona que la tenga en lugar y a nombre de él.

El poseedor es reputado dueño, mientras otra persona no justifique serlo.

Colombia Artículo 762 Código Civil (CC).

Explicación
Normatividad
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